Jueves, 25 de abril de 2024
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Publicado el pliego de condiciones relativo a la protección de las I.G.P. y D.O.P.

Se ha publicado, en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOCE), una solicitud de registro con arreglo al apartado 2 del artículo 6 del Reglamento (CEE) nº 2081/92 del Consejo, relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las de nominaciones de origen.nn

Esta publicación otorga un derecho de oposición con arreglo a los artículos 7 y 12. Cualquier oposición a esta solicitud debe enviarse por medio de la autoridad competente de un Estado miembro, de un miembro de la OCM o de un tercer país reconocido, según el procedimiento del apartado 3 del artículo 12 en un plazo de seis meses.nn

Las Denominaciones de Orígenes que se ven afectadas por este reglamento son:nn

- Ternera de Navarra / Nafarroako Aratxea.n
- Carne de la Sierra de Guadarrama.n
- Ternera Asturiana.n
- Carne de Vacuno del País Vasco / Euskal Okela.n
- Ternera de los Pirineos catalanes / Vedella dels Pirineus Catalans

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