Creado mediante un real decreto el Sistema Nacional de Verificación de la Sostenibilidad de los biocarburantes y biolíquidos
Esta norma regula los criterios de sostenibilidad de biocarburantes y bolíquidos, establecidos en la normativa comunitaria, estableciendo objetivos de reducción de emisiones de fases de efecto invernadero derivada de su uso, así como limitaciones en cuanto a la procedencia de las materias primas utilizadas para su obtención, con el objetivo de proteger tierras de elevado valor en cuanto a biodiversidad.
Además establece un método de control de la trazabilidad de las características de sostenibilidad de biocombustibles y biolíquidos a lo largo de la cadena de producción y comercialización.
Se establece un sistema nacional de verificación de la sostenibilidad de los biocarburantes y biolíquidos que deberá ser utilizado por todos los agentes económicos integrados en la cadena de producción y comercialización de los mismos, entre los que se encuentran los recogedores, transformadores y comercializadores de materias primas, los productores de aceites de cocina usados o los productores o comercializadores de biocarburantes y biolíquidos, entre otros.
Los agentes económicos estarán sujetos a inspección y control en el marco del sistema, y se establece la información que deberán poner a disposición de la autoridad competente para demostrar el cumplimiento de los criterios de sostenibilidad.
Hasta que se aprueben las disposiciones necesarias para el desarrollo del sistema nacional de verificación, el real decreto establece un periodo transitorio, a partir del 1 de enero de 2013, con medidas provisionales para la verificación de la sostenibilidad.
Pueden encontrar este Reglamento en la sección de Legislación de eurocarnedigital.
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