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El DOE publica un decreto que regula la aplicación y manipulación de plaguicidas así como los certificados de bienestar animal

El Diario Oficial de Extremadura publica el 17 de noviembre el nuevo decreto que regula las actividades de formación necesarias para obtener la capacitación suficiente para la manipulación y aplicación de plaguicidas de uso agrícola y/o ganadero y sobre el bienestar de los animales.

Este decreto normaliza el procedimiento de homologación de los programas formativos correspondientes en la materia y las entidades y profesores que los imparten, en el ámbito de Extremadura, así como el modo de obtener el carné o certificados oportunos que son de carácter obligatorio por la normativa comunitaria para poder desarrollar este tipo de actividades.

La norma recoge los diferentes tipos y niveles de capacitación que se imparten en los llamados cursos de plaguicidas de uso agrícola y ganadero o biocidas, y en los cursos de bienestar animal para transportistas y ganaderos, y sus principales novedades están encaminadas, sobre todo, a mejorar la calidad de las acciones formativas impartidas.

Según el decreto, con los cursos de plaguicidas se pretende formar a agricultores y ganaderos, en general, que utilicen este tipo de productos químicos en las actividades relacionadas con su explotación. Con los de bienestar animal se proporcionará formación, en distintos niveles y especialidades, a ganaderos y conductores o cuidadores de vehículos que transporten animales domésticos por carretera de las especies equina, bovina, ovina, caprina y porcina o aves de corral para trayectos superiores a 65 km.

El decreto establece que mediante la superación de los mencionados cursos, los asistentes, a los que se les habrá solicitado un certificado médico previo que refleje capacidades físicas y psíquicas adecuadas, recibirán el carné correspondiente y el certificado oportuno, de carácter homologado en el ámbito europeo, en el caso de bienestar animal para transportistas, y en el ámbito nacional, en el caso de bienestar animal para ganaderos y para la aplicación de plaguicidas, cuyo plazo de validez para todos ellos será de diez años.

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