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Aprobadas nuevas normas para adaptar las explotaciones de porcino a la normativa sobre protección de los animales

El pasado 5 de octubre fue aprobado en el Consejo de ministros el Real Decreto 1392/2012, publicado el siguiente día, por el que se modifica el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos.

La nueva norma establece disposiciones para asegurar la adaptación de las explotaciones de porcino a los requisitos establecidos, que será de total aplicación desde el 1 de enero de 2013.

Se fijan, para ello, las condiciones que deberán cumplir los productores que no hayan concluido el proceso de adaptación de las explotaciones a las nuevas condiciones para el alojamiento de las reproductoras, estableciendo como requisito la presentación, a la autoridad competente, de un calendario de modificación de las instalaciones.

Para aquellos productores que no tengan previsto modificar las instalaciones se fija la obligación de presentar un plan de ajuste que podrá suponer el cese o suspensión de la actividad ganadera, la modificación de la clasificación zootécnica o la disminución del censo de la explotación.

El Real Decreto contempla, igualmente, las medidas a adoptar por parte de las autoridades competentes en caso de incumplimiento de la normativa a partir del 1 de enero de 2013 y puntualizaciones sobre las medidas sancionadoras.

Pueden consultar este Real Decreto en la sección de Legislación.

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