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Controles microbiológicosnpara mataderos y salas de despiece

La Decisión 2001/471/CE establece los controles regulares que deberán implantar los mataderos, salas de despiece y almacenes frigoríficos de carne fresca (bovino, ovino, porcino, caprino, solípedos domésticos y aves de corral) antes del 21 de junio de 2002. La Decisión concede a los estados miembros la posibilidad de que los establecimientos de poca capacidad dispongan de un año más para acogerse a lo establecido en ella.nnLos mataderos deberán realizar una evaluación bacteriológica de las superficies de las canales. Por otra parte los mataderos y las salas de despiece deberán realizar un control bacteriológico de la limpieza y desinfección. En la citada Decisión se indica el método de muestreo, el lugar de toma de las muestras, los procedimiento de muestreo, los métodos microbiológicos, así como los criterios para la interpretación de los resultados.nnEl control bacteriológico del producto se debe llevar a cabo en canales de bovino, porcino, caprino y equino con una frecuencia de entre 10 y 30 muestras cada dos semanas. Para ello se podrá utilizar tanto un método destructivo (toma de muestras de tejido superficial de unos 20 cm2) como un método no destructivo (utilizando la técnica del hisopo).n nEl muestreo bacteriológico para el control de la limpieza y desinfección en mataderos y salas de despiece se realizará como mínimo cada semana tomando de 5 a 10 muestras sobre superficies limpias antes de empezar la producción. Se utilizará la técnica de contacto con placa de agar o la técnica del hisopo.n
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