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- España
Aprobado un real decreto sobre reducción del consumo de bolsas de plástico

El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, el Real Decreto sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores, con el objetivo de reducir el consumo de bolsas de plástico ligeras en España, trasponiendo al ordenamiento español la Directiva comunitaria, y crear un registro para obtener información sobre las bolsas de plástico puestas en el mercado en nuestro país.

Este Real Decreto es un primer paso para liberar la naturaleza de los residuos plásticos y sensibilizar a los consumidores de la importancia de reducir el consumo de bolsas de plástico, contemplando la adopción de distintas medidas en una normativa ambiciosa en sus objetivos que convierte a España en uno de los tres países europeos (junto a Francia e Italia) en que se prohíben las bolsas de plástico ligeras y muy ligeras (salvo las compostables), y que hace de nuestro país el único de la UE que establece un contenido mínimo de plástico reciclado para las bolsas gruesas (más de 50 micras), una señal clara para incorporar el plástico reciclado, en la línea de los principios de la economía circular.

Isabel García Tejerina ha destacado que “este Real Decreto persigue proteger nuestra naturaleza como uno de los principales objetivos de este Gobierno de tener un medio ambiente libre de plásticos y de residuos”.

La nueva normativa introduce la obligatoriedad de que las bolsas sean compostables de manera acompasada con la futura recogida separada de los biorresiduos; y supone el primer paso de la futura hoja de ruta para los plásticos en España, y que está contemplada en el borrador de la Estrategia Española de Economía Circular.

En virtud de este Real Decreto, a partir del 1 de julio de 2018 se deben cobrar todas las bolsas. Se exceptúan las bolsas muy ligeras que se suministran como envase primario para alimentos a granel (necesarias para evitar el desperdicio alimentario) y las bolsas gruesas que tengan un porcentaje de plástico reciclado igual o superior al 70%, para fomentar el uso de plástico reciclado.

Además, desde el 1 de enero de 2021 se prohíben las bolsas de plástico ligeras y muy ligeras. Se exceptúan las bolsas compostables, acompasando así la obligatoriedad de que las bolsas de plástico ligeras y muy ligeras sean sólo compostables con la plena implantación de la recogida separada de la fracción orgánica de los residuos municipales.

De esta forma, las bolsas compostables, cuyo tratamiento más adecuado es a través de procesos biológicos, se gestionarán conjuntamente con la fracción orgánica presente en los residuos municipales y así se evita que se puedan mezclar con otros flujos de residuos como los de envases de plástico.

Desde el 1 de enero de 2020 las bolsas de plástico gruesas deberán contener al menos un 50% de plástico reciclado, para promover el uso de plástico reciclado. Asimismo, se prohíben las bolsas de plástico fragmentable, por su contenido en aditivos que suponen un alto impacto ambiental. Estableciendo esta fecha, se da margen a los comerciantes para liquidar su stock y a los fabricantes para dejar de producirlas.

El Real Decreto prevé otras medidas, como la realización de campañas de sensibilización, que informen sobre el contenedor en el que deben depositarse los residuos de las bolsas de plástico, compostables y no compostables y sobre los efectos nocivos que supone el abandono de los plásticos en el medio ambiente.

En cuanto al Registro de Productores, estará adscrito al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, y contará con una sección dedicada a los fabricantes e importadores de bolsas de plástico, para cumplir con la obligación de remitir anualmente la información sobre bolsas puestas en el mercado por los fabricantes a la Comisión Europea y saber lo que se pone en el mercado y su evolución, para poder conocer la efectividad de las medidas puestas en marcha y, en su caso, plantear nuevas soluciones.
Por último, cabe decir que ha salido a información pública una modificación puntual de la Ley de Residuos, por la que se establece la obligación de recoger en los municipios de más de 5.000 habitantes de forma separada, la fracción orgánica de los residuos municipales antes del 31 de diciembre de 2020. Con esta y próximas propuestas, España aumentará sensiblemente su tasa de reciclado actual y estará en condiciones de alcanzar los objetivos señalados en la inminente legislación europea, mejorando la calidad del resto de fracciones presentes en los residuos municipales.

 
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