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El Tribunal de Justicia de la UE ratifica que el sacrificio por rituales religiosos solo puede llevarse a cabo en mataderos autorizados

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJCE) ha confirmado que el sacrificio de animales a través de rituales religiosos en los que no se utiliza aturdimiento previo del animal se puede llevar a cabo en la UE pero siempre dentro de mataderos autorizados para ello y con la aprobación de las autoridades oportunas.

La norma se mantendrá incluso si la demanda, debido a determinadas fiestas religiosas, hace que la demanda de carne conlleve un mayor número de sacrificios, excediendo la capacidad de los mataderos autorizados.

La demanda para autorizar los sacrificios fuera de matadero fue hecha por una organización belga de origen musulmán que se oponía a la decisión del ministro flamenco de bienestar animal por la que no se autorizaba la puesta en marcha de mataderos temporales durante la fiesta musulmana del Eid al-Adha. El gobierno belga se preocupó de que los mataderos temporales autorizados no cumplieran con los requisitos necesarios en materia de bienestar animal vigente desde el año 2009.

Ante esto, el gobierno aseguró que desde el año 2014 estos mataderos temporales dejarían de estar operativos y la organización musulmana Liga van Moskeeën en Islamitsche Organisaties de la provincia de Antwerpen presentó un recurso ante el Tribunal de Justicia de la UE al considerar que se atentaba contra la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
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