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Primera sentencia judicial que protege el término Jabugo

El consejo regulador de la D.O.P. Jabugo se muestra satisfecho al conocerse el fallo con la primera sentencia favorable a proteger el término geográfico Jabugo. Según estima, en la sentencia, dictada por el Tribunal Superior de Madrid, "se exige la denegación de una marca que incluía “Jabugo” y condena al pago de las costas”. Para el Tribunal "la marca induciría a error al consumidor ya que la única forma de certificar la calidad en relación con “Jabugo” es que el producto esté certificado conforme al pliego de condiciones y amparado por la DOP Jabugo".

LA D.O.P. se opuso al registro de marcas comerciales con este término ante las oficinas de marcas y, además, hace el mismo requerimiento a empresas, cadenas de distribución, titulares de páginas de internet, tiendas tradicionales y online, etc.

Para evitar el registro de marcas comerciales, el consejo regulador está teniendo el apoyo del MAPA y de la consejería andaluza de Agricultura. Desde que iniciaron la defensa del término, ""no han prosperado en firme ninguna solicitud de marca ni ante la Oficina Española de Patentes y Marcas ni ante la Oficina Europea de Propiedad Intelectual”. 

El término Jabugo ha querido utilizarse para registrar productos y servicios tales como jamón-paleta, lomo, embutido, carne, matadero, otros alimentos como aceite, comercio al por menor, menaje, transporte, organización de viajes, servicio de esparcimiento, feria, certificación, hostelería y restauración.    

Otra acción que se está desarrollando al tiempo es hacer "un seguimiento de las marcas que se pudieran solicitar ante las oficinas de cualquier país del mundo". También se han llevado a cabo acciones ante el uso indebido del término Jabugo en el mercado tanto en publicidad como el productos, lo que ha llevado a iniciar "un elevado número de requerimientos, previa recepción de la preceptiva denuncia, que han permitido la corrección de esos usos para que no sigan induciendo a error a los consumidores”. 

Concretamente, el Consejo Regulador ha destacado “el compromiso con sus clientes de una de las mayores cadenas de distribución a nivel nacional que ha reconocido su error y ha corregido la publicidad de su tienda online por la que le estaba otorgando “Jabugo” a productos no amparados.”

Por tanto, según el Consejo Regulador “se está consiguiendo paulatinamente la protección como un derecho de propiedad intelectual y como un bien de dominio público de carácter estatal”. 

Finalmente, el Consejo Regulador quisiera  trasladar que “la reciente estrategia de defensa de la DOP Jabugo no está pasando desapercibida en los ámbitos académicos y profesionales especializados” dado que ha sido invitado a participar en la mesa redonda “Protección de las denominaciones de origen: referencia especial a los productos agroalimentarios” en la Jornada sobre Derecho de la Propiedad Industrial organizadas por la Fundación Empresa y Ciencia de la Universidad Autónoma de Barcelona.
 
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