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- España
Someten a información pública la nueva extensión de norma propuesta por Interovic

Ha sido publicada en el BOE la resolución Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se somete a información pública la propuesta de extensión de norma y de aportación económica obligatoria, solicitada por la Organización Interprofesional del Ovino y Caprino de Carne, INTEROVIC, durante un período de cinco años.

Los objetivos de esta nueva extensión de norma pasan por la realización de acciones promocionales en beneficio del sector, a las que se destinarían un 80% de los fondos obtenidos, a la promoción del I+D+i tecnológico que se llevaría un 5% y a la mejor información y conocimiento sobre las producciones y mercados del ovino y el caprino, al que se destinaría otro 5%.

En cuanto a las aportaciones económicas se fijan de la siguiente forma:
  • Los productores de ovino y caprino en España y destinados al sacrificio en territorio nacional, deberán aportar 0,06 euros por cada cabeza de ganado entrada.
  • Los comercializadores de ovino y caprino en España y sacrificados en suelo nacional, deberán aportar 0,06 euros por cada canal destinada al mercado, sea de origen nacional o extranjero.
  • Los comercializadores de ovino y caprino importados al Reino de España para su sacrificio, deberá aportar 0,12 euros por cada canal destinada al mercado.
  • El exportador de ganado ovino y caprino criado en España para su sacrificio en el extranjero, deberá aportar 0,12 euros. Se presume que las exportaciones de ganado en vivo tienen por objeto el consumo humano en el extranjero, a salvo prueba en contrario por parte del exportador. A estos efectos se entiende por exportador a la persona física o jurídica que realiza la operación jurídica de comercializar el producto con destino a un tercer país distinto del Reino de España.
  • El importador de carne de ovino y caprino al Reino de España, deberá aportar 12 euros por cada tonelada que acceda al territorio nacional. A estos efectos, se entiende por importador a la persona física o jurídica que realiza la operación jurídica de comercializar el producto con origen en un país distinto del Reino de España.
  • Los mataderos deberán realizar la recaudación de las aportaciones correspondiente a los ovinos y caprinos sacrificados, respondiendo ante la interprofesional por los perjuicios ocasionados por el incumplimiento de sus obligaciones frente a los obligados al pago, y efectuando el cobro de las mismas junto a la integridad de las cantidades reseñadas en la factura. en el caso concreto de los mataderos, podrán acogerse a la catalogación de Mataderos de Baja Capacidad (MBC), estando obligados a realizar una aportación fija trimestral que varía según el número de sacrificios (menos de 2.000 cabezas anuales: 60 euros; de 2.000 a 4.000 cabezas anuales (120 euros).
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