Viernes, 4 de octubre de 2024
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El Colegio de Veterinarios de Cataluña insiste en las obligaciones de los ganaderos con respecto al veterinario de explotación
El Colegio de Veterinarios de Cataluña insiste en las obligaciones de los ganaderos con respecto al veterinario de explotación
Celebradas dos jornadas informativas
El Consejo de Colegios Veterinarios de Cataluña
(CCVC) celebró los días 13 y 14 de septiembre en Lleida y Vic,
respectivamente, dos jornadas formativas sobre el
Real Decreto 364/2023, en las que Laura
Galán, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
(MAPA), y Gumersindo Villa, del Departamento de Acción Climática,
Alimentación y Agenda Rural (DACC) de la Generalitat, explicaron
las principales funciones tanto del
titular de la explotación como del
veterinario de la
explotación.
En las jornadas asistieron cerca de 200 veterinarios, quienes expresaron su preocupación por la escasa información que los ganaderos tienen sobre sus responsabilidades según el nuevo Decreto. Por ello, el Consejo de Colegios Veterinarios de Cataluña (CCVC) exige a la autoridad competente, que es el DACC, "que recuerde al ganadero las obligaciones que implica la aplicación del Real Decreto, ya que, sin su conocimiento, la figura del veterinario de explotación no podrá desarrollarse como exige esta normativa".
Un veterinario de explotación es un profesional veterinario al servicio de una explotación y que tiene una visión integral de la misma. Laura Galán explicó que las funciones del veterinario de la explotación incluyen diseñar, redactar y supervisar un Plan Sanitario Integral (PSI) y un Plan de Bienestar Animal (PBA), así como asesorar en el cumplimiento de la normativa y realizar las visitas zoosanitarias.
Dentro del PSI, y en línea con el uso racional de los medicamentos veterinarios, destacó que se realizará una evaluación trimestral del consumo de antimicrobianos y, en caso de un aumento en el consumo, se investigarán las causas. Según la representante del MAPA, "el objetivo del Real Decreto es empoderar al veterinario y otorgarle prestigio profesional como garante de la salud animal".
Por su parte, Gumersindo Villa anunció que el titular de la explotación deberá acreditar que cuenta con un veterinario de explotación mediante una declaración responsable, cuyo modelo estará disponible próximamente en el sitio web del DACC. Villa explicó que esta figura será responsable de diseñar el PSI, supervisar su adecuada implementación, realizar las visitas zoosanitarias requeridas por el RD y elaborar el Plan de Bienestar Animal. Además, Villa informó que la Generalitat tiene previsto habilitar un sistema informático de Gestión Telemática Ganadera (GTG), que en una fase inmediata permitirá informatizar al veterinario de explotación para cada especie de explotación y, a medio plazo, incluirá un módulo específico para que la designación y validación del veterinario de explotación se realice de forma telemática.
En relación con todos estos trámites, el CCVC pide al DACC que "sean de fácil cumplimiento por parte del veterinario", ya que, de lo contrario, existe el riesgo de que todos estos cumplimientos "terminen siendo trámites burocráticos con papeles en un cajón que nadie utilizará".
En las jornadas asistieron cerca de 200 veterinarios, quienes expresaron su preocupación por la escasa información que los ganaderos tienen sobre sus responsabilidades según el nuevo Decreto. Por ello, el Consejo de Colegios Veterinarios de Cataluña (CCVC) exige a la autoridad competente, que es el DACC, "que recuerde al ganadero las obligaciones que implica la aplicación del Real Decreto, ya que, sin su conocimiento, la figura del veterinario de explotación no podrá desarrollarse como exige esta normativa".
Un veterinario de explotación es un profesional veterinario al servicio de una explotación y que tiene una visión integral de la misma. Laura Galán explicó que las funciones del veterinario de la explotación incluyen diseñar, redactar y supervisar un Plan Sanitario Integral (PSI) y un Plan de Bienestar Animal (PBA), así como asesorar en el cumplimiento de la normativa y realizar las visitas zoosanitarias.
Dentro del PSI, y en línea con el uso racional de los medicamentos veterinarios, destacó que se realizará una evaluación trimestral del consumo de antimicrobianos y, en caso de un aumento en el consumo, se investigarán las causas. Según la representante del MAPA, "el objetivo del Real Decreto es empoderar al veterinario y otorgarle prestigio profesional como garante de la salud animal".
Por su parte, Gumersindo Villa anunció que el titular de la explotación deberá acreditar que cuenta con un veterinario de explotación mediante una declaración responsable, cuyo modelo estará disponible próximamente en el sitio web del DACC. Villa explicó que esta figura será responsable de diseñar el PSI, supervisar su adecuada implementación, realizar las visitas zoosanitarias requeridas por el RD y elaborar el Plan de Bienestar Animal. Además, Villa informó que la Generalitat tiene previsto habilitar un sistema informático de Gestión Telemática Ganadera (GTG), que en una fase inmediata permitirá informatizar al veterinario de explotación para cada especie de explotación y, a medio plazo, incluirá un módulo específico para que la designación y validación del veterinario de explotación se realice de forma telemática.
En relación con todos estos trámites, el CCVC pide al DACC que "sean de fácil cumplimiento por parte del veterinario", ya que, de lo contrario, existe el riesgo de que todos estos cumplimientos "terminen siendo trámites burocráticos con papeles en un cajón que nadie utilizará".
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