Publicada en el DOUE una nueva directiva para combatir la morosidad en las operaciones comerciales
La nueva directiva fue aprobada por el Parlamento Europeo a finales del pasado mes de octubre, con una abrumadora mayoría de 612 votos a favor, 12 en contra y 21 abstenciones.
En el caso de las transacciones entre empresas, el plazo general se ha fijado para el pago es de 30 días, a no ser que se estipule de manera distinta en el contrato. Si ambas partes están de acuerdo, será posible ampliar el plazo hasta los 60 días. A partir de ahí, el límite sólo podrá extenderse si se acuerda expresamente y siempre que no sea manifiestamente injusto para el proveedor.
En las transacciones o pagos de la administración pública a una empresa, el plazo para el pago de las facturas será también de 30 días. Si ambas partes quieren extender este periodo, deberá ser expresamente convenido. No obstante, el Parlamento Europeo ha garantizado que el límite nunca sea superior a 60 días, salvo en el caso de las entidades públicas que prestan atención médica.
La eurodiputada socialista alemana Barbara Weiler, que fue quien lideró las negociaciones del Parlamento Europeo, ha afirmado que los Estados miembros deberían iniciar la transposición de la nueva normativa a partir de enero, y ha destacado que algunos países, como España, ya han empezado a hacerlo.
La patronal europea de la distribución, EuroCommerce, se mostró en su día satisfecha con esta nueva directiva, especialmente con las obligaciones para las autoridades públicas. Esto supone un verdadero paso adelante, ya que éstas son responsables de dos de cada tres casos de retrasos en los pagos, ha dicho a través de un comunicado.
Según un estudio de la Comisión Europea, Grecia fue en 2008 el país donde las administraciones públicas tardaron más en pagar sus facturas, con una media de 157 días. Le siguieron España, con 144 días, Portugal con 138 e Italia con 135.
Puede consultar esta nueva Directiva en la sección de legislación de eurocarnedigital.
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