Establecen nuevos requisitos para la clasificación de las canales de porcino
El Real Decreto introduce como nuevos elementos la obligación de llevar a cabo controles sobre el terreno por parte de la autoridad competente, así como la obligación de los mataderos de comunicar al proveedor de los animales o a la persona que ordene su sacrificio el resultado de la clasificación.
Igualmente, se constituye la Mesa de Coordinación de clasificación de canales y precios, con funciones que se extienden a la clasificación de canales porcinas, vacunas y ovinas. Su objetivo es asesorar y facilitar la coordinación de las autoridades competentes de las Comunidades Autónomas en la aplicación de las disposiciones sobre clasificación de canales.
A lo largo de su articulado el Real Decreto regula las distintas cuestiones relativas a la clasificación de canales de cerdo como son: definiciones; clasificación obligatoria de las canales y excepciones; presentación de la canal; pesaje, clasificación y marcado; peso de la canal; contenido de carne magra; medidas a adoptar cuando se detecten irregularidades y corrección de deficiencias, así como el régimen sancionador.
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