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El Congreso aprueba la Ley que garantiza la igualdad entre hombres y mujeres en las explotaciones agrarias

El Congreso de los diputados ha aprobado, de forma definitiva y por unanimidad, la Ley de Titularidad Compartida de las Explotaciones Agrarias, un marco legal promovido por el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino destinado a favorecer la igualdad efectiva de género en el medio rural mediante el reconocimiento jurídico y económico de la participación en la actividad agraria, en cuya elaboración han participado los Ministerios de Justicia, Economía y Hacienda, Sanidad, Política Social e Igualdad y Trabajo e Inmigración.

En la actualidad más de un tercio de las personas que trabajan en las explotaciones agrarias familiares son mujeres, pero en el 71,19% de los casos los titulares de las explotaciones son hombres, figurando las mujeres en la categoría de “ayuda familiar”. El desarrollo de la titularidad compartida de las explotaciones agrarias supone dejar de lado el concepto de “ayuda familiar” y reconocer plenamente el trabajo y responsabilidades de gestión de cónyuges y parejas de hecho de la persona titular, ofreciéndoles la posibilidad de ser copartícipes no sólo del trabajo, sino de la gestión de cara a la Administración, así como de extender los beneficios en la cotización a la Seguridad Social a las personas que ostenten dicha cotitularidad.

La constitución de la titularidad compartida de una explotación agraria no altera el régimen jurídico de los bienes y derechos que la conforman ni el régimen jurídico matrimonial o pactos patrimoniales de las parejas de hecho ni el régimen sucesorio.

La Ley ofrece entre otros beneficios la posibilidad de que la administración, representación y responsabilidad de la explotación pueda ser ejercida por ambas personas titulares, por otra parte todo cónyuge menor de 50 años que se constituya como titular de una explotación agraria con titularidad compartida, tendrá derecho a una reducción del 30% en la cuota a la Seguridad Social durante 5 años. Todas las subvenciones, ayudas directas y ayudas de Desarrollo Rural corresponderán por mitades iguales a ambos titulares y ambos serán beneficiarios directos de las ayudas correspondientes al pago único de la PAC, teniendo las personas cotitulares derecho preferente sobre las actividades de formación y asesoramiento en materia de agricultura.

También se otorga a las explotaciones de titularidad compartida la condición de prioritarias, siempre que al menos uno de los dos titulares cumpla con todos los requisitos que establece la Ley 19/1995 para ser titular de una explotación prioritaria y que la renta unitaria de trabajo que se obtenga de la explotación no supere en un 50%el máximo de lo establecido en la legislación correspondiente para las explotaciones prioritarias.

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