Publicado el Real Decreto 191/2011 que regula el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos
Mediante el nuevo Real Decreto se adapta el trámite de registro de empresas y establecimientos al enfoque común de reducción de trabas injustificadas o desproporcionadas al ejercicio de una actividad de servicio bajo la Directiva de servicios en el mercado interior de 2006. Únicamente se exige autorización previa por la autoridad competente al inicio de la actividad económica a los establecimientos destinados a la actividad alimentaria relacionada con los productos de origen animal.
Otro punto que se trata en este Real Decreto es la modificación del ámbito de empresas y establecimientos objeto de registro en materia de seguridad alimentaria. Se incluye a todas las empresas que sean el eslabón responsable de la cadena alimentaria, a la vez que se excluyen a las empresas y establecimientos dedicados en su actividad a productos químicos (detergentes, desinfectantes y plaguicidas de uso en la industria alimentaria), dado que el control oficial de estas empresas está enfocado por la peligrosidad de las sustancias que fabrican y no por razones de seguridad alimentaria.
Además mediante este texto legal se consolidan bajo un mismo articulado el registro de los preparados alimenticios para regímenes dietéticos y/o especiales, de las aguas minerales naturales y las aguas de manantial.
Cabe destacar que el nuevo Registro entró en vigor el 9 de marzo.
Puede consultar este Real Decreto en la sección de legislación de eurocarnedigital.
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