Modificadas las condiciones para el reconocimiento oficial de las asociaciones de criadores de animales de raza
Reconociendo la posibilidad de que haya más de una asociación que legítimamente pretenda gestionar un libro genealógico de una misma raza, la nueva normativa elimina el número mínimo de animales y ganaderos afiliados a una segunda asociación, como condición para conceder o denegar el reconocimiento de la misma. El nuevo texto legal toma en cuenta el hecho de que no todas las razas se encuentran en las mismas circunstancias censales, territoriales y genéticas que pueden determinar las actuaciones para su mejor regulación y fomento.
A excepción de esta modificación, para el reconocimiento de más de una asociación para la misma raza se deben tener en consideración el resto de los requisitos establecidos, sin poner en peligro su conservación, ni comprometer la viabilidad del programa de mejora existente y demás obligaciones que deben cumplir las asociaciones para garantizar una correcta gestión de la raza.
Puede consultar el Real Decreto 714/2012 en la sección de Legislación de eurocarnedigital
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