Publicada la Orden con los requisitos del seguro por la retirada de animales no bovinos muertos
La orden AAA/2005/2012, publicada el 24 de septiembre en el Boletín Oficial del Estado (BOE), modifica la Orden AAA/1115/2012 en relación al valor límite a efectos de indemnización.
Según esta normativa, la indemnización queda establecida en 0,28 euros/kilogramo para Andalucía, Castilla y León y Aragón; entre 0,28 y 0,22 para Castilla-La Mancha; en 0,30 euros/kg para Asturias; en 1,01 euros para Baleares; en 0,90 euros en Canarias; en 0,497 euros para Cantabria y entre 0,23 y 0,17 euros/kg en Cataluña.
En Extremadura, el valor límite a efectos de indemnización oscila entre 0,28 y 0,26 euros/kg, mientras que en Galicia se sitúa en 0,374 euros, en Madrid en 0,323 euros, en Murcia en 0,27 euros, en Navarra en 0,346 euros y en la Comunidad Valenciana en 0,278 euros/kg.
Por su parte, la orden AAA/2006/2012 -que también publica el 24 de septiembre el BOE, modifica la orden AAA/1118/2012 y recoge el valor de las indemnizaciones relativas a los mismos conceptos pero referidos al seguro renovable.
Pueden encontrar estas normativas en la sección de legislación de eurocarnedigital.
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