Lunes, 22 de julio de 2024
Área de clientes
No cerrar sesión
Gestión de claves
Artículos
Legislación
Empresas cárnicas
Revista on line


¿Quieres ser cliente?


Publicada la Orden con los requisitos del seguro por la retirada de animales no bovinos muertos

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (Magrama) ha definido los requisitos del seguro para la cobertura de los gastos por retirada y destrucción de animales no bovinos muertos en la explotación, comprendido en el Plan 2012 de Seguros Agrarios Combinados, según informa Efe.

La orden AAA/2005/2012, publicada el 24 de septiembre en el Boletín Oficial del Estado (BOE), modifica la Orden AAA/1115/2012 en relación al valor límite a efectos de indemnización.

Según esta normativa, la indemnización queda establecida en 0,28 euros/kilogramo para Andalucía, Castilla y León y Aragón; entre 0,28 y 0,22 para Castilla-La Mancha; en 0,30 euros/kg para Asturias; en 1,01 euros para Baleares; en 0,90 euros en Canarias; en 0,497 euros para Cantabria y entre 0,23 y 0,17 euros/kg en Cataluña.

En Extremadura, el valor límite a efectos de indemnización oscila entre 0,28 y 0,26 euros/kg, mientras que en Galicia se sitúa en 0,374 euros, en Madrid en 0,323 euros, en Murcia en 0,27 euros, en Navarra en 0,346 euros y en la Comunidad Valenciana en 0,278 euros/kg.

Por su parte, la orden AAA/2006/2012 -que también publica el 24 de septiembre el BOE, modifica la orden AAA/1118/2012 y recoge el valor de las indemnizaciones relativas a los mismos conceptos pero referidos al seguro renovable.

Pueden encontrar estas normativas en la sección de legislación de eurocarnedigital.

Más noticias
Compartir esta noticia en:    Compartir en Linkedin LinkedIn        
©2024 Estrategias Alimentarias SL. Todos los derechos reservados. Aviso legal. Protección de datos