Domingo, 7 de julio de 2024
Área de clientes
No cerrar sesión
Gestión de claves
Artículos
Legislación
Empresas cárnicas
Revista on line


¿Quieres ser cliente?


El Consejo de Ministros actualiza las normas técnico-sanitarias y de calidad de los productos alimenticios

El Consejo de Ministros del pasado 8 de marzo aprobó un Real Decreto por el que se derogan total o parcialmente determinadas reglamentaciones técnico-sanitarias y normas de calidad referidas a productos alimenticios. El objetivo es adaptar la normativa nacional a los objetivos fijados en la normativa comunitaria de higiene de los alimentos, a la vez que se procede a suprimir de la normativa alimentaria todos aquellos preceptos redactados como fórmulas-tipo de carácter general que en las actuales circunstancias regulatorias han perdido todo su sentido.

Tras la aprobación en 2004 del denominado como paquete de higiene, estas nuevas normativas están en vigor desde el año 2006, estableciendo objetivos de higiene a alcanzar basándose para ello en el análisis del riesgo y colocando al operador económico, el empresario, como el principal responsable de la seguridad alimentaria.

Algunas de las reglamentaciones técnico-sanitarias adoptadas en España con anterioridad, y que regulaban la elaboración, almacenamiento, transporte y comercialización o venta de alimentos y las normas de calidad, que incluyen requisitos de higiene, y que fueron elaboradas en las décadas de los 70 y 80, continuaron formalmente vigentes.

Estas disposiciones no se basaban en un análisis del riesgo, ni tenían en cuenta los últimos avances tecnológicos, ni el concepto actual por el que se establecen objetivos de seguridad alimentaria en lugar de establecer requisitos específicos.

Esta derogación busca la simplificación legislativa y trata de evitar la confusión en los administrados por la existencia unas normas que, en muchos casos, no suponían una aportación específica a la regulación de los productos, sino que se limitaban a remitir a otras disposiciones. Generalmente, éstas eran de carácter horizontal y, además, fijaban requisitos rígidos, limitando la flexibilidad de los operadores para la consecución de los objetivos de seguridad alimentaria.

De este modo, los operadores económicos en España estarán en la misma situación de competencia que el resto de los operadores europeos en cuanto a requisitos de higiene, se mantienen, sin embargo, las disposiciones que afectan a la calidad de los productos alimentarios que se regulan en dichas disposiciones.

Más noticias
Compartir esta noticia en:    Compartir en Linkedin LinkedIn        
©2024 Estrategias Alimentarias SL. Todos los derechos reservados. Aviso legal. Protección de datos