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Los jueces europeos desestiman el recurso de España en contra de la sanción impuesta en 1996

El Tribunal de Justicia de la UE ha rechazado el recurso de España en contra de la sanción que le fue impuesta en 1996 por las ayudas concedidas a los ganaderos afectados por la crisis del EEB.nn

La sanción impuesta por la Comisión Europea, castigaba a España con una multa de 1,1 millones de euros, correspondientes a primas animales, pagadas debido al mal de la Encefalía Espongiforme Bovina (EEB). nn

En la sentencia se alegaba que España aplicaba un sistema que no se ajustaba a las normas comunitarias, que se correspondía con 2% de los gastos por las ayudas a los productores de vacuno.nn

En 1996 la UE aprobó un reglamento en el que se establecía ese tipo de dotaciones adicionales, que debían repartirse según los datos de las primas habituales al sector vacuno en el año 1995, después de una regularización que debían realizar los Gobiernos nacionales para tener en cuenta el número de animales con derecho a prima en 1996.nn

El Ministerio de Agricultura español publicó en 1996 una Orden para regular las ayudas por la EEB pero sólo utilizó el número de animales cuyos beneficiarios tuvieron derecho a prima en 1995. El Gobierno español destacó en su recurso ante el Tribunal de la UE que aprobó una Orden y no un Real Decreto ante la urgencia para dar los pagos. El Tribunal indica que España tenía que haber notificado en noviembre de 1996 y en julio de 1997 los importes de las ayudas y el número de beneficiarios, respectivamente.nn

El Tribunal apoyó el argumento de Bruselas y destacó que España no ha demostrado que existiera una urgencia particular y que los plazos eran los mismos para todos los Estados miembros.

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