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Entra en vigor la Orden de ayudas para innovación tecnológica de explotaciones de ganado vacuno de carne

Ha entrado en vigor la Orden de la Consejería de Ganadería de la Comunidad Autónoma de Cantabria, del pasado 8 de agosto, por la que se regulan ayudas para fomentar proyectos de modernización, innovación tecnológica y mejora de la competitividad de las explotaciones de ganado vacuno de carne de Cantabria. nnSegún recoge el BOC, la publicación de esta Orden responde a la necesidad de impulsar la mejora de la competitividad de las explotaciones ganaderas de Cantabria, mediante la concesión de ayudas a las agrupaciones de productores de vacuno de carne que favorezcan el desarrollo de la actividad en común y los sistemas de producción de carne de calidad, y que al mismo tiempo sean compatibles tanto con la protección del medio ambiente como con la realidad actual del marco social y productivo en el que han de llevarse a cabo. nnAsí, esta orden tiene por objeto regular el régimen de ayudas para impulsar e incentivar la puesta en marcha, por parte de las Cooperativas y Sociedades Agrarias de Transformación (SAT) de Cantabria, de diferentes programas orientados a la mejora de la producción y calidad de la carne de vacuno. nnLa orden define los Programas de carne de vacuno de calidad, como aquellos aplicados por personas físicas o jurídicas con la finalidad de que, mediante el establecimiento de mecanismos de control encomendados a otras entidades independientes en todas y cada una de las fases de producción, sacrificio, despiezado, comercialización y venta, se aporte la máxima garantía de trazabilidad e información al consumidor sobre la carne por ellos comercializada y, en particular, respecto del cumplimiento de las exigencias relativas al etiquetado obligatorio de la carne. nnPodrán solicitar las ayudas previstas en la Orden las Cooperativas de 1º y 2º grado y Sociedades Agrarias de Transformación con domicilio social en Cantabria, que tengan entre sus actividades, bien únicamente la producción de carne de vacuno, o bien tanto su producción como su comercialización. nnLas ayudas se otorgarán en forma de subvención directa y su pago podrá establecerse con carácter plurianual. nnEn el actual ejercicio 2002, el plazo para la presentación de solicitudes será de sesenta días a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden. En sucesivos ejercicios, el plazo de presentación de solicitudes para acceder a estas ayudas finalizará el 15 de marzo de cada año. n
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