Italia aprueba la Ley sobre el etiquetado del origen de los alimentos
El texto aprobado por la Cámara ha sido fruto de muchas deliberaciones. La disposición relativa al etiquetado es especialmente importante en cuanto fija, para los productos alimentarios puestos en el mercado, la obligación de incluir en la etiqueta la indicación del lugar de origen o procedencia de los productos utilizados, de acuerdo con las más recientes orientaciones en las negociaciones en el marco de la UE. Para el caso de los productos alimentarios no transformados, la indicación debe de hacer referencia al lugar de origen o al de procedencia, es decir, el país de producción. Para los productos alimentarios transformados, la indicación se refiere al lugar en que se produjo la última transformación sustancial y el lugar de cultivo o cría de la materia prima agraria principal, utilizada en la preparación o la producción del producto en cuestión. Asimismo la etiqueta deberá de recoger la utilización de ingredientes en los que haya presencia de OGMs, del lugar de producción inicial hasta el consumo final.
La modalidad de aplicación de la indicación obligatoria de origen se desarrollará por Decreto ministerial que deberá también definir, en el ámbito interno de cada cadena alimentaria, qué productos alimentarios estarán sujetos a la etiqueta. Otras disposiciones son el sistema sancionador y el control, este último atribuido sustancialmente a las regiones.
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