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Sentencia favorable del Tribunal Supremo para Osborne sobre el uso de la marca 5J

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo acaba de notificar la sentencia dictada el pasado 18 de junio denegando el registro de la marca española JJJJJ para proteger animales vivos, entre los que se encuentran los cerdos, a la que la compañía onubense, con sede en Jabugo, presentó oposición en 2005 para defender su marca 5J.

A esta oposición, la empresa propietaria de JJJJJ interpuso un recurso Contencioso-Administrativo en 2007 y que la citada Sala ha desestimado recientemente, entre otros motivos, porque 5J “debe disponer de la más intensa protección proveniente de su condición de marca notoria”.

La sentencia concluye que “confluyen, en consecuencia, los factores que, según el artículo 8.1 citado, impide el registro de una nueva marca: es apreciable un peligro de confusión del consumidor medio entre la procedencia de los productos sujetos a las marcas en pugna y el signo más reciente (‘JJJJJ’) puede aprovecharse del prestigio o notoriedad de la marca prioritaria (5J)”.

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