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Retiran la no obligatoriedad de la inspección a los productos cárnicos que ingresan en México

Recurrida por la Organización de Porcicultores del País ante la justicia mexicana

El Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Guanajuato concedió la suspensión definitiva a la Unión Ganadera Regional de Porcicultores de Guanajuato, organización ganadera perteneciente a la Oporpa, en contra de la pretensión de la Sagarpa de cancelar la NOM-030-ZOO-1995, “Especificaciones y procedimientos para la verificación de carne, canales, vísceras y despojos de importación en puntos de verificación zoosanitaria” (en lo sucesivo NOM 030). El referido Juzgado de Distrito consideró que la NOM 030 debería permanecer en vigor para garantizar el derecho a la salud y a contar con una alimentación sana y de calidad.

A través de los Programas Nacionales de Normalización 2015 y 2016 (DOF del 24 de abril de 2015 y 18 de abril de 2016, respectivamente), la Sagarpa anunció su intención de cancelar la NOM 030, en su opinión, “por no subsistir las causas que motivaron la expedición” de la misma.

Según la Oporpa los objetivos por los que se impuso esta norma "claramente subsisten y deben ser atendidas con todos los recursos y esfuerzos del estado mexicano". Aseguran además "ante la imposibilidad de la Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria del Sesanisa" de inspeccionar el 100% de los lotes a importarse, es que se buscó eliminar la NOM 030 y sustituirla por un “Acuerdo Secretarial” que regularía los temas previstos en dicha Norma Oficial Mexicana".

Ante esto, el presidente de la Organización de Porcicultores del País (OPORPA), Heriberto Hernández Cárdenas, advirtió que no es necesaria una nueva regulación, sino que se observe como es debido y en sus términos la NOM 030 existente, en cuya creación participaron un grupo plural de organizaciones, tal y como lo ordena la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

En cuanto al otorgamiento de la suspensión definitiva por el Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Guanajuato, ésta puede ser recurrida por las autoridades responsables dependientes de la SAGARPA, lo cual podría considerarse como una señal de que las mismas pretenden incumplir su responsabilidad de asegurar a los mexicanos, que las importaciones no constituyan “un riesgo zoosanitario y que sean de óptima calidad higiénico-sanitaria para el consumo humano”.
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