Lunes, 22 de julio de 2024
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El Invima colombiano establece los trámites para obtener una autorización sanitaria provisional para los mataderos y salas de despiece del país
El Invima colombiano establece los trámites para obtener una autorización sanitaria provisional para los mataderos y salas de despiece del país
El Instituto Nacional de vigilancia de Medicamentos y Alimentos de Colombia (Invima) ha informado que de acuerdo con el Decreto 1282 de 2016, por el cual se establece el trámite para la obtención de la autorización sanitaria provisional y se dictan otras disposiciones, se ha expedido la Resolución 2016031387 del 17 de agosto 2016, por la cual se establecen los lineamientos para obtener Autorización Sanitaria Provisional por parte de las plantas de beneficio animal, desposte, desprese de las especies bovina, porcina y aviar.
Los interesados en obtener la autorización sanitaria provisional deberán presentar ante el Invima la documentación concerniente a este trámite, dentro de los dos meses siguientes a la entrada en vigencia del Decreto 1282 de 2016, el plazo máximo para la radicación de la documentación requerida es el 8 de octubre de 2016.
Los interesados en obtener la autorización sanitaria provisional deberán presentar ante el Invima la documentación concerniente a este trámite, dentro de los dos meses siguientes a la entrada en vigencia del Decreto 1282 de 2016, el plazo máximo para la radicación de la documentación requerida es el 8 de octubre de 2016.
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