Lunes, 22 de julio de 2024
Área de clientes
No cerrar sesión
Gestión de claves
Artículos
Legislación
Empresas cárnicas
Revista on line


¿Quieres ser cliente?

- España
Publicada en el BOE la nueva extensión de norma para el sector ibérico

Entra en vigor el 4 de noviembre y tendrá una vigencia de 5 años

Acaba de ser publicada en el Boletín Oficial del Estado la Orden AAA/1740/2016, de 26 de octubre, por la que se extiende el Acuerdo de la Asociación Interprofesional del Cerdo Ibérico al conjunto del sector y se fija la aportación económica obligatoria para realizar actividades de promoción, apoyo a la investigación, desarrollo e innovación tecnológica, obtención de datos del sector, así como para el mantenimiento, desarrollo y mejora del sistema informático del sector para mejorar la trazabilidad y la calidad de los productos ibéricos, además de coadyuvar al cumplimiento de la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibérico, durante cinco años. Esta orden pueden encontrarla en la sección Legislación de eurocarnedigital.

La aportación económica total para cada campaña será de 50 céntimos de euro por cerdo/canal de ibérico. El importe de la aportación económica obligatoria por cerdo/canal de ibérico permanecerá invariable en cada una de las cinco campañas de vigencia de la presente extensión de norma. Del total obtenido, el 38% se destinará a la promoción e información sobre productos ibéricos (1), el 10% a I+D+i, (2), el 5% a la obtención de datos del sector (3), el 37% al mantenimiento, desarrollo y mejora del sistema Web Itaca-Trip (4), y el 10% a la gestión y el seguimiento de la extensión de norma (5).

De los 50 céntimos, 30 de ellos van destinados a los objetivos 1, 2, 3 y 5 y los otros 20 céntimos y se obtienen de las canales obtenidas del sacrificio de cerdos ibéricos, incluyendo los animales amparados por DOPs. En cuanto a los otros 20 céntimos, se obtendrán de las canales que cumplan los pesos mínimos establecidos en la Norma de Calidad y se destinarán a los objetivos 4 y 5. Las canales amparadas por DOPs podrían estar exentas del segundo tramo dependiendo en algunos casos.

Esta nueva extensión de norma entra en vigor el 4 de noviembre y estará vigente durante un periodo de 5 años.
Más noticias - España
Compartir esta noticia en:    Compartir en Linkedin LinkedIn        
©2024 Estrategias Alimentarias SL. Todos los derechos reservados. Aviso legal. Protección de datos