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Aeceriber responde a las preguntas del diputado de Ciudadanos, Toni Cantó, en torno a la gestión del libro genealógico del ibérico

En relación a las informaciones aparecidas en torno a las preguntas hechas por el diputado de Ciudadanos, Toni Cantó, sobre la gestión que Aeceriber realiza del Libro Genealógido de la Raza Porcina Ibérica, la Asociación Española de Criadores de Cerdo Ibérico ha emitido un comunicado en el que asegura que:
  1. El Libro Genealógido de la Raza Porcina Ibérica lleva en funcionamiento veintinueve años, estando encargada de su gestión la Asociación Española de Criadores de Cerdo Ibérico, Aeceriber, desde su creación.
  2. Su objetivo es el registro oficial de los reproductores (machos y hembras), y garantizar la pureza racial de los animales inscritos en la sección principal (Registro Definitivo).
  3. Es una herramienta previa y obligatoria al proceso de la selección genética de la raza. Los marcadores genéticos para garantizar la pureza racial y la filiación de los animales es otra herramienta que se está implantando paulatinamente a nivel nacional (no es obligatoria por la normativa comunitaria) y afecta a determinado grupo de animales siguiendo los criterios zootécnicos.
  4. Consta de dos Secciones tal y como se refleja en su normativa oficial. Sección Aneja para hembras exclusivamente y Sección Principal para machos y hembras.
  5. La Sección Aneja permite la incorporación de hembras sin ascendencia conocida y que sólo cumplen el prototipo racial, mientras que la Sección Principal requiere el conocimiento de la genealogía de dos generaciones como mínimo. Esta última Sección es la esencia del Libro Genealógico. 
  6. El Registro Auxiliar-A (Sección Aneja) actualmente está abierto (hasta abril de 2017) exclusivamente para hembras de genealogía desconocida que son incorporadas a la Sección Aneja (Registro Auxiliar), donde permanecen durante toda su vida. A partir del abril de 2017 sólo se incorporarán al Libro Genealógico animales con genealogía conocida.
  7. El Real Decreto 4/2014 de la Norma de Calidad ha vinculado el Libro Genealógico con el origen de las producciones de abasto para garantizar la profesionalidad e imparcialidad en la validación de las madres ibéricas acogidas a este RD.
  8. Las competencias y las actuaciones de un Libro Genealógico y el Real Decreto 4/2014 de la Norma de Calidad son completamente distintas.
  9. Este Real Decreto obligó a los propietarios de las hembras adultas reproductoras a su inscripción en el Libro Genealógico en un período transitorio. Dicha inscripción sólo podía realizarse en la Sección Aneja para hembras y así se ha procedido durante dicho período. De ahí el volumen de incorporaciones en el Registro Auxiliar.
  10. También el Real Decreto 4/2014 contempla la obligación de que la reposición o renuevo de los reproductores esté ya inscrita en el Libro Genealógico, lo que implica necesariamente un control de su genealogía previo a su inscripción. 
  11. Las producciones 100% ibéricas nacidas de reproductores pertenecientes a la Sección Principal del Libro Genealógico son Certificadas por Aeceriber con validez para la Norma de Calidad siempre que se hayan sometido a los controles obligatorios del Libro Genealógico (cubriciones, nacimientos, identificación de los lechones y pruebas de filiaciones y ahijamientos).
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