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Aefyt pide al nuevo gobierno la derogación del Impuesto sobre Gases Fluorados 

El sector del frío vive con preocupación la llegada del año 2017 ya que el 1 de enero comenzará a aplicarse el 100% del Impuesto sobre Gases Fluorados, que permanece congelado desde que una enmienda a los Presupuestos de Estado presentada hace un año decidiera el mantenimiento del tipo impositivo. Durante todo el año 2016 el tipo aplicado ha sido el resultante de multiplicar los gravámenes por el coeficiente del 0,66 ante la demanda de la industria del frío que se enfrenta a una intensa pérdida de competitividad debido al mercado negro paralelo que se ha creado desde la puesta en marcha del impuesto.

Sin embargo, esta enmienda tiene fecha de caducidad y Aefyt, Asociación de Empresas del Frío y sus Tecnologías,  insiste ante el nuevo Gobierno en la necesidad de derogar el tributo o, como mínimo, en el mantenimiento del 0,33 del tipo impositivo vigente en 2014. De lo contrario, el sector del frío, con un gran impacto en la totalidad de la industria, podría sufrir una seria contracción. 

Para Roberto Solsona, presidente de Aefyt, “se hace urgente la derogación del Impuesto sobre Gases Fluorados ya que, a partir del año 2017, este impuesto será totalmente inviable para las empresas. Hay que tener en cuenta que muchos de los gases disponibles utilizados en la actualidad se verán gravados por un impuesto que supone hasta ocho veces más que el propio valor del gas”.

Para Aefyt, la derogación del impuesto es fundamental de cara a asegurar una armonización con el resto de los países de la Unión Europea. España es, junto con Dinamarca, prácticamente una excepción en la UE, ya sea por la aplicación de este impuesto o por el porcentaje aplicado, lo que supone un serio agravio comparativo que se acentúa en un país en el que las necesidades de refrigeración y climatización son mucho más exigentes que en el centro y norte de Europa.

En otros países, como Australia y Eslovenia, lo han retirado; mientras que Francia decidió no ponerlo en marcha. La posición legislativa de Austria, por su parte, parte de la consideración de que los HFOs no están clasificados como gases de efecto invernadero debido a su muy bajo PCA, que es comparable al de los hidrocarburos y, consecuentemente, no están sujetos a ninguna restricción de uso en este país.

Además, la necesidad del impuesto es cuestionable desde la entrada en vigor del Reglamento Europeo F-Gas 517/2014, que obliga a una reducción de emisiones, que sería el principal objetivo del tributo. Dicho Reglamento sí está acordado, consensuado y armonizado en la UE, además de llevar aparejado un calendario razonable de adopción de medidas.
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