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Publicados los reglamentos comunitarios que modifican la clasificación de canales en mataderos

Han sido publicados en el Diario Oficial de la Unión Europea los nuevos reglamentos comunitarios en relación a la clasificación de las canales de vacuno, porcino y ovino en mataderos. Ambos vienen a modificar el Reglamento 1308/2013 en relación a la clasificación de canales y registros de precios. Pueden encontrarlos en la sección Legislación de eurocarnedigital.

Ambos reglamentos han venido a simplificar algunos aspectos burocráticos y administrativos además de reducir costes, especialmente en los mataderos de menor dimensión.

En el Reglamento Delegado, 1182/2017, quedan establecidas una serie de excepciones a la clasificación automática como son el incremento del número mínimo de sacrificios a partir del cual es exigible dicha práctica: más de 500 cerdos a la semana de media anual, frente a los 200 anteriores, y más de 150 cabezas de ganado vacuno a la semana de media anual frente a las 75 anteriores.

También se establecen otra serie de excepciones que pueden ser impuestas por los Estados miembros a través de legislaciones nacionales en relación a canales que no van a ser utilizadas para el comercio por parte de los propios mataderos, canales de porcino procedentes de razas autóctonas (a considerar por ejemplo en el caso del ibérico) y canales que debido a sus características (grado de engrasamiento, etc) necesitan de una clasificación manual con los métodos habituales tales como la regleta.

Estos nuevos reglamentos derogan otros antiguos y entrarán en vigor a partir del 11 de julio de 2018.
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