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Una sentencia del TSJCyL obliga al pago como horas extras las trabajadas en sábado en industrias cárnicas

EL Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la sentencia del juzgado de lo social nº1 de Ponferrada en la que el Servicio jurídico de CCOO en esta región reclamaba reclama para un trabajador del sector de industrias cárnicas el pago como horas extraordinarias de la jornada realizada de forma sistemática los sábados desde hacía un año cuando el convenio colectivo del sector fija la jornada de lunes a viernes.

La sentencia del TSJCyL establece la obligación, en los supuestos en los se realicen jornadas diarias superiores, de entregar -al final de mes- copia al trabajador de las horas extras realizadas. Como la sentencia de instancia declaraba probado que se trabajaba en sábados y el convenio no lo regula como día laborable, dicho trabajo en sábado es constitutivo de horas extraordinarias. por lo que la vulneración de dicho límite convierte en extraordinarias las horas trabajadas en sábados-

Por tanto, al ser horas extraordinarias la empresa tiene obligación de registrarlas y al no existir registro infringe el art. 35.5 del Estatuto de los Trabajadores, recoge CCOO en una nota informativa.
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