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Aragón ofrece 400.000 euros en ayudas para promoción de productos alimentarios amparados por figuras de calidad

El Boletín Oficial de Aragón ha publicado una convocatoria de subvenciones destinada a apoyar las actividades de información y promoción de los productos agrícolas y alimenticios aragoneses con calidad diferenciada, realizadas por grupos de productores en el mercado interior. La cuantía total para esta convocatoria impulsada por el Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad –a través de la Dirección General Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario-, es de 408.085 euros procedentes de los fondos Feader y del propio presupuesto de la comunidad autónoma.

La convocatoria busca dar un valor añadido a los productos amparados por los regímenes de calidad y mejorar sus posibilidades de comercialización, aumentando así la rentabilidad de las explotaciones y reforzando en consecuencia el tejido productivo en el ámbito rural.

Podrán ser objeto de subvención las actividades de información y promoción llevadas a cabo por grupos de productores en el ámbito de la Unión Europea. Estas actividades estarán destinadas a inducir a las personas consumidoras a adquirir los productos cubiertos por uno de los regímenes de calidad citados. Además, deberán resaltar las características o ventajas específicas de los productos en cuestión, especialmente la calidad, los métodos de producción específicos, las rigurosas normas de bienestar de los animales y el respeto del medio ambiente vinculados al régimen de calidad al que se acojan. Por último, y también deberán respetarán los requisitos legales y reglamentarios aplicables en relación al consumo responsable de bebidas alcohólicas, en el caso, de vinos con denominación de origen o indicación geográfica protegida.

Los grupos productores, entendiendo como tales a toda organización, sea cual sea su forma jurídica, compuesta por agentes que participen en alguno de los programas de calidad diferenciada de los alimentos, podrán presentar sus solicitudes de forma electrónica, hasta el próximo 17 de mayo, a través de los registros electrónicos de la Administración. Para ello, el solicitante deberá disponer de cualquiera de los sistemas de firma electrónica habilitados, conforme a las disposiciones sobre firma electrónica aplicables en Aragón. Tanto los modelos normalizados para su presentación como la aplicación informática para ello se hallan disponible en la Oficina Virtual de Trámites, situada en la sede electrónica del Gobierno de Aragón.

El procedimiento de concesión de las subvenciones previstas en esta convocatoria se tramitará conforme al procedimiento simplificado de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.

Por otra parte, el BOA de este martes 16 de abril, también hace pública una convocatoria de subvenciones destinadas a apoyar la participación en regímenes de calidad para el año 2019. El Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, a través de la Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario, convoca 59.574 €, con cargo a las siguientes partidas presupuestarias: 31.574 € del presupuesto del FEADER y 28.000 € del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La finalidad de la subvención, también enmarcada en el PDR 2014-2020, es conceder un valor añadido a los productos obtenidos en las explotaciones agrícolas y ganaderas a través de la participación de sus titulares en alguno de los regímenes de calidad de la Comunidad Autónoma, mejorando así las posibilidades de comercialización y aumentando la rentabilidad de las explotaciones.

Podrán ser beneficiarios de la subvención, los agricultores, ganaderos y agrupaciones de agricultores y/o ganaderos que participen por primera vez, siempre que se den de alta en el régimen de calidad correspondiente con posterioridad a la presentación de la solicitud de ayuda y aquellos que la solicitaron en los años 2016-2017-2018 y su solicitud fue estimada por lo que este sería su segundo, tercer o cuarto año de pago; en cualquiera de los regímenes de calidad que existen en la región.

Los agricultores beneficiarios deberán cumplir la condición de agricultor activo conforme a lo dispuesto en el artículo 9 del reglamento (UE) n.º 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 y en el capítulo I del Titulo II del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.
 
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