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Publicado el Estatuto que regula el funcionamiento de la Agencia de Información y Control Alimentarios

Ha sido publicado finalmente el estatuto que regula la organización y funcionamiento de la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA), un organismo autónomo dependiente del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, creado en el marco de la Ley de Medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria. El Real Decreto con este estatuto pueden encontrarlo en la sección Legislación de eurocarnedigital.
 
La Agencia de Información y Control Alimentarios se constituye como un instrumento para mejorar las relaciones comerciales entre los agentes que intervienen en la cadena alimentaria, con vocación de convertirse en una herramienta útil y valiosa al servicio de las empresas de la cadena alimentaria y de los agentes institucionales.
 
Tiene como fines generales gestionar los sistemas de información y control de los mercados oleícola (aceite de oliva y aceituna de mesa), lácteos y los de aquellos otros que determine el Ministerio. Además, controlará el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.

El Estatuto de la Agencia establece su naturaleza jurídica y adscripción; sus fines y funciones de acuerdo a la Ley 12/2013;  las funciones del Director como órgano de dirección y gestión; las funciones y composición del Consejo Asesor como órgano consultivo y de participación; la estructura básica del organismo; régimen de personal; recursos económicos y patrimonio; régimen de contratación, y el régimen económico financiero.
 
El órgano de dirección y gestión de la Agencia es el director, a quien corresponde dirigir y representar a la Agencia, coordinar sus actuaciones, dirigir a su personal y servicios, inscribir las altas y bajas en el Registro Estatal de Buenas Prácticas Mercantiles, así como promover y difundir el informe anual de las actuaciones. El Director es el que acredita a los inspectores y ordena las inspecciones. Es el responsable de formular el anteproyecto de presupuesto anual de la Agencia y de aprobar las cuentas anuales y rendirlas al Tribunal de Cuentas
 
El órgano consultivo y de participación es el consejo asesor, en el que se integran representantes de la Administración General del Estado, de las comunidades autónomas, de la producción y la transformación de los sectores alimentarios que estén interesados y de la distribución y de los consumidores.

El Consejo se reunirá en pleno, al menos, una vez al año  y debe ser informado de los planes de actuación de la Agencia, de su ejecución y resultados alcanzados, y de la marcha del Registro Estatal de Buenas Prácticas Mercantiles. También deberá conocer el informe anual de actuaciones de la Agencia, previo a su difusión y podrá formular al Director las propuestas que estime sobre el funcionamiento de la Agencia y sus actuaciones, así como conocer e informar los asuntos que el Presidente someta a su consideración.
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