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El Parlamento Catalán aprueba una ley de organizaciones interprofesionales agrarias


El presidente de la Generalitat de Cataluña junto al consejero de Agricultura y agentes del sector que han colaborado en la elaboración de la ley.
El Parlamento de Cataluña ha aprobado, por 125 votos a favor y 3 abstenciones, la Ley de las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias de Cataluña con el objetivo de dar un marco normativo en el sector agroalimentario para crear una interprofesional. Según la nota remitida por la Generalitat, esta ley responde a la necesidad de disponer de instrumentos para que el sector agropecuario catalán tenga una mayor competitividad. Las organizaciones que más interés han mostrado en disponer de este instrumento legislativo son las vinculadas a los sectores ganaderos.
 
Asimismo, el marco normativo europeo, la Política Agraria Comunitaria, también indica que hay que promover este tipo de instrumentos de organización de la producción y los gobiernos competentes legislar en la materia.
 
La Ley busca una mejor integración de la cadena de valor agroalimentaria a través de acuerdos voluntarios entre las partes. Y también debe permitir desarrollar las extensiones de norma, acuerdos entre los agentes miembros de la interprofesional que determinan que todos los agentes del sector deben participar de las actuaciones que determine la misma interprofesional.

La nueva ley establece también la regulación del reconocimiento, los fines, acuerdos y las extensiones de norma de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias que tendrán un ámbito de actuación no superior al de Cataluña. Se aplicarán en los ámbitos de la producción, la industria alimentaria, la comercialización y la distribución alimentaria. Crea también el registro de organizaciones interprofeisonales agroalimentarias de Cataluña
 
El anteproyecto de Ley que se ha presentado en el Parlamento se dicta al amparo del artículo 116.1 del Estatuto de autonomía, que atribuye a la Generalitat, respetando lo establecido por el Gobierno español en ejercicio de las competencias que le atribuyen los artículos 149.1.13 y 16 de la Constitución, la competencia exclusiva para la regulación y el desarrollo de la agricultura, la ganadería y el sector agroalimentario.
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