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Publicado un reglamento con las normas específicas para el control de la presencia de triquinas en carne de cerdo
 


El Diario Oficial de la Unión Europea ha publicado el Reglamento de Ejecución (UE) nº 2015/1375 de la Comisión, de 10 de agosto de 2015, por el que se establecen normas específicas para los controles oficiales de la presencia de triquinas en la carne. Este texto legal, disponible en la sección Legislación de eurocarnedigital, supone una consolidación de toda la anterior legislación en este tema ya que deroga legislaciones anteriores como el Reglamento (CE) nº 2005/2005 con las posteriores modificaciones que ha tenido.

En el texto se establecen las obligaciones de las autoridades competentes y de los mataderos en materia de toma de muestras en las canales y las excepciones en que no habrá que realizar estas pruebas. Se analizarán todas las canales de las cerdas de cría y los verracos, o al menos en el 10 % de las canales de los animales que se envíen cada año para ser sacrificados de cada explotación cuyo cumplimiento de las condiciones controladas de estabulación haya sido reconocido oficialmente, y todas las canales procedentes de explotaciones que no hayan obtenido el reconocimiento oficial del cumplimiento de las condiciones controladas de estabulación.

También se especifican los análisis para la detección de Trichinella y la aplicación del marcado sanitario, la formación del personal, los métodos de detección y equivalentes.
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