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Autorizados varios organismos independientes de control para certificar los sistemas de autocontrol para la exportación

De acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 993/2014

La Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria ha autorizado provisionalmente a varios Organismos Independientes de Control para la certificación del Sistema auditado de autocontrol específico para la exportación a terceros países establecido en el Capítulo III del Real Decreto 993/2014, de 28 de noviembre. La lista está disponible en el siguiente enlace, según informa Cexgan.

Cabe recordar que los mataderos e industrias cárnicas deben tener este tipo de certificación, conocida como SAE, certificada por un organismo independiente de control autorizado para que sus productos puedan ser exportados a terceros países que exijan requisitos no equivalentes a los establecidos en la normativa de la Unión Europea en materias relacionados con las competencias del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, que están relacionadas fundamentalmente, condiciones relacionadas con la sanidad animal.

El 1 de marzo de 2016 termina el periodo transitorio establecido por el Real Decreto 993/2014 y prorrogado por el Real Decreto 538/2015, de 26 de junio, y será exigido el certificado de auditoría.

Dentro de este enlace podrán encontrar el Protocolo para la certificación de sistemas de autocontrol específicos para la exportación a países terceros con requisitos diferentes a los intracomunitarios especifica el contenido mínimo del SAE que deben desarrollar y cumplir las empresas.
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