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Sigue adelante la nueva legislación para dar el visto bueno a los novel foods

El proyecto de reglamento europeo en el que se recogen los requisitos que deben cumplir los nuevos alimentos o novel foods, ha dado un paso más hasta su definitiva aprobación y publicación en el DOUE. El pasado 11 de noviembre ha recibido el visto bueno del Comité de Representantes Permanentes del Consejo Europeo tras ser votado favorablemente en el Parlamento Europeo también el 28 de octubre pasado.

Los novel foods son cualquier tipo de alimento o ingrediente alimentario que no ha sido sido utilizado de manera importante para el consumo humano en la Comunidad hasta el 15 de mayo de 1997. El Reglamento 285/97 del Parlamento Europeo y del Consejo, del 27 de enero de 1997, establece los procedimientos de autorización para los nuevos alimentos e ingredientes alimentarios y existe una base de datos donde están recogidos.

Según Lydia Mutsch, representante del Gobierno de Luxemburgo y presidenta del Consejo, "este es un paso necesario para que haya una innovación más rápida en el mercado de nuevos alimentos al tiempo que garantizamos un alto nivel de protección para los consumidores europeos".

Con la nueva legislación se busca reducir la burocracia que conlleva actualmente la aprobación para la comercialización de un nuevo alimento. Ahora se espera que con lleve un periodo de 18 meses en comparación con los 3 años que marcan las reglas actuales.

También ayuda a reducir las cargas administrativas por el cambio a un procedimiento a nivel europeo y ofrece autorizaciones genéricas por lo que una vez autorizado, es añadido a una lista de la UE de novel foods y puede ser comercializado por cualquier empresa. Esto evita volver a presentar nueva solicitudes por parte de otras empresas para el mismo novel food y permite que las pequeñas y medianas empresas se beneficien. Bajo las reglas actuales, los nuevos alimentos están autorizados tan solo a nivel nacional y son válidos únicamente para el solicitante.

Las nuevas normas también facilitarán el acceso al mercado de la UE para los alimentos tradicionales procedentes de terceros países que tienen un historial de uso alimentario seguro. Para estos alimentos el solicitante debe demostrar que se han consumido con seguridad por una parte significativa de la población de un tercer país durante al menos 25 años.

En cuanto a los pasos a seguir, se espera que a partir de ahora el Consejo adopte formalmente el nuevo Reglamento el 16 de noviembre antes de que sea finalmente publicado en el DOUE y entre en vigor 20 días después de su publicación.
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