Lunes, 22 de julio de 2024
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Publicado el Reglamento con el que se establece el almacenamiento privado de carne de cerdo y las ayudas
Publicado el Reglamento con el que se establece el almacenamiento privado de carne de cerdo y las ayudas
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El Diario Oficial de la Unión Europea ha publicado el Reglamento de Ejecución (UE) nº 2016/2334 de la Comisión Europea por el que se abre el almacenamiento privado de carne de porcino y se fija por anticipado el importe de la ayuda. Este Reglamento puede ser consultado dentro de la sección Legislación de eurocarnedigital
Con este Reglamento se abren ayudas el almacenamiento privado de carne de cerdo a partir del próximo 4 de enero. Las solicitudes tendrán un periodo de almacenamiento de 90, 120 o 150 días (3, 4 o 5 meses) y cada solicitud deberá remitirse para una de las categorías de productos, indicando el código NC correspondiente dentro de esa categoría.
La cantidad mínima por solicitud será de 10 t de productos deshuesados y 15 gt de otros productos.
Como novedad, en esta ocasión se podrán retirar los productos del almacenamiento tras 60 días si están destinadas a la exportación.
Los importes para los productos para los que se ofrecen ayudas están reflejados en el anexo de este Reglamento en función de la duración de almacenamiento y del tipo de producto que se destina al almacenamiento (medias canales, jamones, paletas, chufleteros, lancetas y tocinos, entre otros).
Con este Reglamento se abren ayudas el almacenamiento privado de carne de cerdo a partir del próximo 4 de enero. Las solicitudes tendrán un periodo de almacenamiento de 90, 120 o 150 días (3, 4 o 5 meses) y cada solicitud deberá remitirse para una de las categorías de productos, indicando el código NC correspondiente dentro de esa categoría.
La cantidad mínima por solicitud será de 10 t de productos deshuesados y 15 gt de otros productos.
Como novedad, en esta ocasión se podrán retirar los productos del almacenamiento tras 60 días si están destinadas a la exportación.
Los importes para los productos para los que se ofrecen ayudas están reflejados en el anexo de este Reglamento en función de la duración de almacenamiento y del tipo de producto que se destina al almacenamiento (medias canales, jamones, paletas, chufleteros, lancetas y tocinos, entre otros).
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