Publicados en el DOUE los Reglamentos correspondientes a las restituciones por exportación
Para las carnes de aves de corral, fija entre 1,4 euros y 2,8 euros/100 pcs para las carnes de gallo, gallina, pavo, patos y gansos, que se exporten a todos los destinos a excepción de EEUU. En el caso de carnes y despojos comestibles de este tipo de aves, frescos, refrigerados o congelados, así como para los desplumados, eviscerados, sin la cabeza ni patas, la cantidad asciende a 55 euros/100Kg.
Aunque la eliminación de la ayuda no se aplicará a las exportaciones a Andorra, Vaticano, Liechtenstein, EEUU y Suiza, ni a Ceuta, Melilla, Gibraltar, los municipios de Livigno y de Campione de Italia, isla de Helgoland, Groenlandia, Islas Feroe, y las zonas de Chipre en las que el Gobierno no ejerce un control efectivo.
Las nuevas cantidades de todos los productos mencionados entraron en vigor el pasado 20 de marzo.
Estas restituciones se fijan desde el año 1975 para los productos cuyo precio de oferta franco frontera sea inferior al precio de esclusa, sumándole una cantidad adicional igual a la diferencia entre el precio de esclusa y el precio de oferta franco frontera. Si al exportar, los precios practicados por uno o más países fueren anormalmente bajos, inferiores a los precios practicados por los demás terceros países, se fijará un segundo precio de oferta franco frontera para las exportaciones de esos otros países.
Por otra parte, el DOUE publica también el Reglamento por el que fija los precios representativos en los sectores de la carne de aves de corral de los huevos y de la ovoalnúmina importados de Argentina, Brasuil y Chile. Así, según tipo, los precios oscilan entre los 108,3 euros/100kg para los gallos o galinas desplumados sin cabeza, patas cuello, corazón, hígado ni molleja cuyo origen proceda de Argentina y los 457,1 euros/100 kg para las yemas de huevo secas importadas de Argentina.
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