Ampliado hasta el 31 de octubre el plazo para solicitar las ayudas para la utilización de los servicios de asesoramiento en Almería
Esta organización indica que estas ayudas, recogidas en la Orden de 23 de julio de 2008, se otorgan una vez prestados los servicios de asesoramiento, es decir, una vez abonadas por parte de los agricultores y ganaderos de las facturas correspondientes a estos servicios, siendo la cuantía de la ayuda de hasta el 80% del gasto facturado a lo largo de los 3 años consecutivos a los que compromete esta ayuda. Asimismo se establecen unos importes máximos que son de hasta 350 euros anuales para las explotaciones agrícolas, 420 euros anuales para las explotaciones ganaderas y de 500 euros anuales para las mixtas (agrícolas y ganaderas).
Otro aspecto fundamental de estas ayudas es que se subvencionan los servicios prestados por las entidades de asesoramiento reconocidas, entre las que se encuentra ASAJA, para el asesoramiento y cumplimiento de los requisitos legales, de buenas prácticas agrarias y medioambientales recogidas por la "condicionalidad", es decir para garantizar el cumplimiento de las normas de respeto medioambiental establecidas por la Unión Europea y que son de carácter obligatorio para percibir las ayudas de la PAC.
Además de esto, los agricultores y ganaderos que soliciten estas ayudas obtendrán asesoramiento acerca de las normas de seguridad y salud laboral establecidas por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995, de 8 de noviembre).
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