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El Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña publica la resolución favorable para la solicitud de registro comunitario de la IGP transfronteriza Ternera de los Pirineos Catalanes

El Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC) ha publicado la Resolución por la que se adopta la decisión favorable a la solicitud de registro de la Indicación Geográfica protegida Ternera de los Pirineos Catalanes o Ternera de los Pirineos Catalanes o Becerro des Pyrénées Catalanes, y Rosée des Pyrénées Catalanes en el registro comunitario de Denominaciones de Origen Protegida (DOP) e Indicación Geográfica Protegida (IGP).

En el año 2000, el Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural (DAR) envió a la Comisión Europea la solicitud de registro de la IGP Ternera de los Pirineos Catalanes o Ternera de los Pirineos Catalanes. La Comisión Europea publicó esta solicitud en el año 2003 en el DOUE y en el período de oposición el ministerio francés realizó una declaración de oposición.

Tras varias reuniones entre representantes de los ministerios de Agricultura español y francés, del DAR y de asociaciones de productores de ternera de los dos lados de los Pirineos, se acordó llevar a cabo una solicitud transfronteriza conjunta española y francesa de la IGP, con algunos cambios consensuados por todas las partes implicadas en el pliego de condiciones presentado inicialmente.

En esta nueva solicitud de IGP se pretende ampliar el proyecto de inscripción de la IGP Ternera de los Pirineos Catalanes en el registro comunitario, de manera que se puedan incluir terneros de la Cataluña Norte y de Cataluña, y así conseguir la primera IGP transfronteriza de Europa.

La zona de producción de esta I.G.P. se ubica en los Pirineos Catalanes, tanto españoles como franceses.

Se trata de una carne de vacuno que proviene de las razas rústicas Bruna dels Pirineus, Aubrac o Gasconne, o bien del cruce de madres de esas mismas razas con machos de las razas Charolaise, Limousine o Blonde d'Aquitaine, para la zona geográfica de la IGP y cebada según el método de producción tradicional en la zona.

Los terneros nacen al aire libre en los mismos prados donde pastan sus madres, que son criadas en régimen extensivo. Los terneros se crían con su madre, como mínimo durante los primeros cuatro meses de vida, alimentándose a base de leche materna y pastos frescos.

Puede consultar esta Resolución en la sección de Legislación.

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