Nuevo procedimiento para autorizar establecimientos españoles elaboradores de productos cárnicos para exportar a la República de Colombia
Todos los detalles de este procedimiento, así como los formularios correspondientes, se encuentran disponibles en la página web de CEXGAN.
Los establecimientos que se encontraban autorizados para exportar a Colombia por el Instituto Colombiano Agropecuario (I.C.A.) a fecha 4 de mayo de 2007, no perderán su reconocimiento, durante un periodo de transición de 5 años, a no ser que varíen las condiciones sanitarias o zoosanitarias bajo las cuales fue otorgada su autorización.
Conforme a lo anterior, en breve estará disponible el procedimiento de solicitud de renovación, ante el INVIMA, de la autorización de establecimientos cárnicos españoles que estuvieran autorizados por el ICA en la fecha 4 de mayo de 2007, y que, posteriormente haya vencido.
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