Viernes, 17 de mayo de 2024
Área de clientes
No cerrar sesión
Gestión de claves
Artículos
Legislación
Empresas cárnicas
Revista on line


¿Quieres ser cliente?


Cataluña establece la distribución de funciones en materia de subproductos de origen animal no destinados al consumo humano

El pasado 11 de febrero, la Generalitat de Cataluña publicó el Decreto 15/2010 en el que se establece la distribución de funciones en materia de SANDACH entre los departamentos competentes de ganadería y medio ambiente y las entidades locales.

El texto delimita las competencias por razón de la materia, tanto respecto a la autorización, registro, inspección y control de las empresas, como respecto al control de la trazabilidad de los subproductos.

De acuerdo con el reparto de competencias fijado corresponde al departamento de Ganadería autorizar, registrar, inspeccionar y controlar los establecimientos SANDACH que manipulan material de categoría 3, así como las excepciones de utilización y eliminación de subproductos (Art. 23 y 24 del R (CE) 1774/2002). Ganadería se encarga, además, de controlar la trazabilidad a lo largo de la cadena de subproductos de los materiales de categoría 3 y de los productos transformados.

Por su parte, el departamento de Medio Ambiente, a través de la Agencia de Residuos, será la competente para autorizar, registrar, inspeccionar y controlar los establecimientos SANDACH que manipulan materiales de Categoría 1 y 2, las plantas de compostaje, las plantas de biogás, las plantas de incineración/coincineración, las empresas de transporte de material de categoría 1 y 2, así como de controlar la trazabilidad a lo largo de la cadena de subproductos de los materiales de categoría 1 y 2.

Las entidades locales competentes en materia de medio ambiente podrán autorizar, registrar, inspeccionar y controlar el entierro de cadáveres de animales de compañía.

En cuanto a los usuarios específicos de SANDACH, la dirección competente en materia de medio natural del departamento de medio ambiente podrá autorizar, registrar, inspeccionar y controlar los talleres y profesionales de la taxidermia, y la alimentación de animales de núcleos zoológicos y de aves necrófagas.

Más noticias
Compartir esta noticia en:    Compartir en Linkedin LinkedIn        
©2024 Estrategias Alimentarias SL. Todos los derechos reservados. Aviso legal. Protección de datos