Cataluña establece la distribución de funciones en materia de subproductos de origen animal no destinados al consumo humano
El texto delimita las competencias por razón de la materia, tanto respecto a la autorización, registro, inspección y control de las empresas, como respecto al control de la trazabilidad de los subproductos.
De acuerdo con el reparto de competencias fijado corresponde al departamento de Ganadería autorizar, registrar, inspeccionar y controlar los establecimientos SANDACH que manipulan material de categoría 3, así como las excepciones de utilización y eliminación de subproductos (Art. 23 y 24 del R (CE) 1774/2002). Ganadería se encarga, además, de controlar la trazabilidad a lo largo de la cadena de subproductos de los materiales de categoría 3 y de los productos transformados.
Por su parte, el departamento de Medio Ambiente, a través de la Agencia de Residuos, será la competente para autorizar, registrar, inspeccionar y controlar los establecimientos SANDACH que manipulan materiales de Categoría 1 y 2, las plantas de compostaje, las plantas de biogás, las plantas de incineración/coincineración, las empresas de transporte de material de categoría 1 y 2, así como de controlar la trazabilidad a lo largo de la cadena de subproductos de los materiales de categoría 1 y 2.
Las entidades locales competentes en materia de medio ambiente podrán autorizar, registrar, inspeccionar y controlar el entierro de cadáveres de animales de compañía.
En cuanto a los usuarios específicos de SANDACH, la dirección competente en materia de medio natural del departamento de medio ambiente podrá autorizar, registrar, inspeccionar y controlar los talleres y profesionales de la taxidermia, y la alimentación de animales de núcleos zoológicos y de aves necrófagas.
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