Los agricultores y ganaderos aplauden la nueva Norma de Morosidad porque cobrarán por ley en 30 días
En concreto, el 17 de junio, el Pleno del Congreso dio su visto bueno a una reforma que contempla unos plazos de pago máximos obligatorios de 30 días para los productos frescos y perecederos y de 60 para los no perecederos.
Según las organizaciones agrarias, los plazos de pago real en España, que alcanzan los 101 días en operaciones comerciales entre empresas privadas y los 154 días en las relaciones comerciales con la Administración, duplican los plazos de pago de países como Alemania, Gran Bretaña y Francia y triplica los de Dinamarca o Suecia. "Ello supone un serio lastre para la competitividad y liquidez de nuestras explotaciones agrarias y cooperativas", resaltaron en un comunicado conjunto.
Además, según explicaron, se ha modificado el cómputo del plazo de pago, que a partir de ahora será desde la entrega de la mercancía y no desde la emisión de la factura, a lo que se suma la obligatoriedad de documentar la operación de entrega y recepción.
Otra de las modificaciones más llamativas de la reforma de la norma es la obligación de estipular en las cuentas anuales el plazo medio de pago a los proveedores, lo que supondrá que "cualquiera podrá saber fácilmente si la empresa con la que va a contratar cumple los plazos de pago que estipula la ley o si, por el contrario, es morosa".
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