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Publicado el Reglamento (CE) nº 595/2010 que modifica los anexos VIII, X y XI del Reglamento (CE) nº 1774/2002 sobre subproductos no destinados al consumo humano

El pasado 8 de julio de 2010 se publicó en el DOUE el Reglamento (CE) nº 595/2010 de la Comisión, de 2 de julio de 2010, que modifica los anexos VIII, X y XI del Reglamento (CE) nº 1774/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales no destinados al consumo humano.

En el capítulo V del anexo VIII se amplia la posibilidad de utilizar con fines técnicos, sangre y hemoderivados de équidos procedentes tanto de la Unión Europea como de terceros países y se establecen los requisitos zoosanitarios para su uso. Asimismo, se modifica el capítulo X de dicho anexo, permitiendo el uso de cuernos y productos a base de cuernos, pezuñas y productos a base de pezuñas, salvo las harinas de cuernos y pezuñas, para la producción de abonos orgánicos y enmiendas del suelo.

En el anexo X, se modifica el modelo de certificado sanitario para el envío a la Unión Europea o el tránsito por ella, de leche y productos lácteos no destinados a consumo humano originarios de terceros países, equiparándolo a los que se aplican en el comercio interior de la Unión Europea.

Y por último, en el anexo XI se modifican las listas de terceros países desde los que los Estados miembros pueden autorizar la importación de SANDACH, en función de las modificaciones de los anexos VIII y X.

Antes de la aplicación de este nuevo Reglamento, existirá un periodo de transición hasta el 31 de agosto, durante el cual los Estados miembros aceptarán envíos de leche y productos lácteos, suero de équidos y hemoderivados (salvo équidos) destinados a la fabricación de productos técnicos, según lo establecido en el Reglamento (CE) nº 1774/2002. Hasta el 30 de octubre de 2010, los Estados miembros aceptarán estos envíos si los certificados sanitarios que los acompañan han sido firmados antes del 1 de septiembre de 2010. El presente Reglamento entrará en vigor el día 28 de julio de 2010.

Pueden encontrar este nuevo Reglamento en nuestra sección de Legislación

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