Viernes, 3 de mayo de 2024
Área de clientes
No cerrar sesión
Gestión de claves
Artículos
Legislación
Empresas cárnicas
Revista on line


¿Quieres ser cliente?

- Internacional
Dudas en la aplicación del Reglamento (CE) nº 1169/2011 en torno a la información sobre el contenido en agua de determinados derivados cárnicos

El Reglamento (CE) nº 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor vino a aclarar muchos aspectos en relación a la información sobre el origen de la carne que debía estar debidamente referenciada en el etiquetado de los producto que se comercializan. El objetivo era que los consumidores puedan reconocer y hacer un uso adecuado de los alimentos, así como tomar decisiones que se adapten a sus necesidades dietéticas individuales. 

Sin embargo, cumplir con este Reglamento está ocasionando no pocos quebraderos de cabeza a la industria alimentaria y, en especial, a la industria cárnica debido a la dificultad para trasladar los costes de su aplicación al resto de la cadena de distribución.

En el caso de los productos cárnicos, uno de los puntos que más problemas está ocasionando es el referido al contenido en agua añadida de los productos cárnicos. En su Anexo VI, punto A.6, el Reglamento (CE) nº 1169/2011 establece que en el caso de los productos cárnicos y preparados de carne con la apariencia de un corte, conjunto, loncha, parte o canal de carne, la denominación del alimento deberá incluir una indicación de la presencia de agua añadida, si esta representa más del 5% del peso del producto final.

El problema estriba en que determinados productos cárnicos, debido a la necesidad de añadir agua y sal, salmuera, necesitan un mayor contenido de agua que el 5% debido a razones tecnológicas para su elaboración. Es el caso de algunos productos como el bacon. Desde algunas asociaciones como la British Meat processors Association se apuesta por indicar en el etiquetado cuándo se ha superado el 5% de contenido de agua, aunque no necesariamente tenga que estar en la parte de delante del producto.

Por todo esto, desde algunos asesores en temas legales de la UE se considera necesaria una guía para la interpretación y aplicación de todas estas cuestiones en torno al etiquetado para saber cuándo está justificada o no el uso de determinadas menciones en el etiquetado.
Más noticias - Internacional
Compartir esta noticia en:    Compartir en Linkedin LinkedIn        
©2024 Estrategias Alimentarias SL. Todos los derechos reservados. Aviso legal. Protección de datos