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Nuevas medidas permiten aplazar las cuotas a Seguridad Social a empresas y autónomos

El ICEX devolverá a las empresas los gastos derivados de la participación en ferias canceladas

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

El Real Decreto-ley contiene medidas específicas de consumo, de apoyo a los trabajadores, de mantenimiento del tejido productivo -desde autónomos a pymes y el resto de empresas- y otras de distintos ámbitos destinadas a cubrir necesidades detectadas a lo largo de estas semanas.

El Real Decreto-ley prorroga la duración de las medidas excepcionales ya establecidas anteriormente por el Gobierno hasta un mes después del final del estado de alarma, salvo que ya contengan plazos específicos, e incluye ajustes técnicos para garantizar su efectividad. Entre las medidas relativas la seguridad dirigidas a empresas y autónomos, destaca la moratoria de hasta seis meses para el pago de las obligaciones y el aplazamiento de las cuotas que se deben pagar en el mes de abril a un interés reducido del 0,5%.

Contempla el establecimiento de algunas excepciones a la hora de considerar cumplido el compromiso de mantenimiento del empleo durante el plazo de seis meses vinculado a los expedientes de regulación de empleo temporal (ERTE) de suspensión de contratos o reducción de jornada derivados de la crisis sanitaria. El Ejecutivo entiende que dicho compromiso, establecido en una disposición adicional del decreto aprobado el pasado 17 de marzo, debe entenderse como "la voluntad de la empresa" de mantener el empleo durante el plazo de seis meses desde la finalización de las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos. Señala que dicho compromiso deberá cumplirse y verificarse teniendo en cuenta las características y circunstancias de la empresa o del sector correspondiente: “se valorará en atención a las características específicas de los distintos sectores y la normativa laboral aplicable, teniendo en cuenta, en particular, las especificidades de aquellas empresas que presentan una alta variabilidad o estacionalidad del empleo o una relación directa con eventos o espectáculos concretos, como sucede, entre otros, en el ámbito de las artes escénicas, musicales, cinematográfico y audiovisual”.

Por otro lado, el Gobierno permitirá también a las empresas en concurso presentar expedientes de regulación de empleo (ERTE) de fuerza mayor o por causas organizativas, técnicas, económicas y de producción si se ven afectadas por la crisis sanitaria.

Por otro lado, se flexibilizan los contratos de suministro de electricidad y gas para autónomos y empresas, y los plazos y procedimientos administrativos para las empresas. Se suspende, además, por un año, el pago de intereses y amortizaciones de préstamos para emprendedores, en especial del sector turístico.

El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo agilizará y facilitará la gestión de sus ayudas, mientras que el Instituto de Crédito Exterior (ICEX) devolverá a las empresas los gastos derivados de su participación en ferias de este organismo que hayan sido canceladas.

También se establecen medidas específicas de consumo, de apoyo a los trabajadores, de mantenimiento del tejido productivo -desde autónomos a pymes y el resto de empresas- y otras de distintos ámbitos destinadas a cubrir necesidades detectadas a lo largo de estas semanas.

El Real Decreto-ley prorroga la duración de las medidas excepcionales ya establecidas anteriormente por el Gobierno hasta un mes después del final del estado de alarma, salvo que ya contengan plazos específicos, e incluye ajustes técnicos para garantizar su efectividad.
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