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- España
El número de granjas nuevas en zonas vulnerables se reduce desde la entrada en vigor del decreto de gestión de las deyecciones ganaderas en Cataluña

Desde junio de 2019, en las zonas vulnerables por contaminación de nitratos de origen agrario en Cataluña, se ha limitado la ampliación y la instalación de nuevas granjas. Este hecho es consecuencia de la entrada en vigor, hace un año, del Decreto 153/2019 de gestión de las deyecciones ganaderas, que tiene como claro objetivo y voluntad enderezar la situación de la contaminación de aguas subterráneas por nitratos de origen agrario y lograr una ganadería y una agricultura sostenibles.

En este primer año de aplicación del decreto, se han adoptado una serie de medidas que actualmente se están desplegando y que conllevan cambios en el sector, mucho más allá de los administrativos, que están tensionando todas las cadenas del eslabón y están produciendo que tanto ganaderos como agricultores internalicen los costes medioambientales de las correspondientes actividades que realizan. 

En términos más concretos, el Decreto representa una fuerte limitación a los crecimientos de las granjas en zonas vulnerables (ZV) y una moratoria que no permite incrementar el número máximo de cabezas de ganado autorizado a las explotaciones ganaderas ubicadas en las ZV con mayor carga ganadera (ICR> 1,2). 

El hecho de extender determinadas obligaciones en toda Cataluña, en previsión de que las actuales zonas no vulnerables (ZNV) no tengan que acabar designándose como ZV, y de extender obligaciones también a los agricultores, forma parte del programa de actuación reforzado que se aprobó con la publicación de este Decreto.

Las medidas del Decreto deben permitir alcanzar un incremento muy significativo de la eficiencia en el uso de los nutrientes (en particular del nitrógeno) en toda la cadena productiva y son el camino hacia una fertilización de excelencia.

Así, el sistema administrativo ha hecho un gran esfuerzo para acercarse lo más posible a la realidad, y junto con el reforzamiento de los controles, han llevado a desplegar una serie de herramientas complejas administrativamente, como es la declaración anual de nitrógeno (DAN ) y la plataforma telemática de trazabilidad que permite conocer qué aplicaciones se están realizando a más de 10 km de lugar donde se han generado, y también herramientas complejas técnicamente, como es el caso del método del Balance de Nitrógeno (BNG).

La DAN es uno de los elementos de control más potentes que establece el Decreto. 2019 afectó 10.863 titulares de explotaciones ganaderas y / o agrícolas, mientras que en 2020 lo hará a 40.000 titulares en total, siendo obligatorio para todos los ganaderos y agricultores que deben registrarse en el Libro de Gestión de Fertilizantes como gestionan las deyecciones y cómo y cuando las aplican, en función de cual sea su actividad. El BNG es una herramienta muy útil para conocer con exactitud la cantidad real de N que podemos encontrar en las deyecciones ganaderas, información reclamada por el sector durante mucho tiempo, ya que únicamente existía la posibilidad de conocerla mediante la utilización de unos coeficientes de excreción fuerza obsoletos. Este año, unas 200 explotaciones porcinas han empleado esta metodología, que en dos años acabará afectando a todo el sector porcino (unas 5.500 explotaciones) y en tres años las aves de corral. El BNG es también la base para conocer las emisiones de nitrógeno y el contenido de fósforo de todo el sector ganadero, lo que obligará a nuevos desarrollos técnicos e informáticos.

La asignación del nitrógeno de referencia (N-ref) a todas las explotaciones ganaderas de Cataluña (aprox., 15.000 granjas), es una piedra angular de la arquitectura del Decreto, tanto para poder gestionar y controlar la cantidad de nitrógeno orgánico aplicado en ZV, como por limitar los posibles crecimientos ganaderos. Esta asignación supone un gran impacto en el sector agroganadero, ya que ven limitada la aplicación de nitrógeno en zonas cercanas a sus explotaciones y habrá que pensar en otras fórmulas para poder exportar nutrientes fuera de las ZV.

La disposición transitoria 1ª del Decreto establece que este debe revisarse en el plazo de un año desde la próxima modificación o la ampliación de las designaciones de ZV. Esta ampliación de ZV ha pasado ya el trámite de información pública y previsiblemente se publicará hacia el mes de noviembre
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