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Modificado el Reglamento (UE) 852/2004 para hablar sobre la cultura de la seguridad alimentaria

Acaba de ser publicado el Reglamento (UE) 2021/382 de la Comisión de 3 de marzo de 2021 por el que se modifican los anexos del Reglamento (CE) n.o 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la higiene de los productos alimenticios, en lo que respecta a la gestión de los alérgenos alimentarios, la redistribución de alimentos y la cultura de seguridad alimentaria. Pueden consultar este reglamento en la sección de Legislación de eurocarnedigital.

En este último punto, se ha insertado el capítulo XI bis en el que se habla de la necesidad de establecer y mantener una cultura de seguridad alimentaria adecuada por parte de los operadores alimentarios.

Para ello se deben presentar pruebas, entre otros puntos, del cumplimiento de requisitos tales como el compromiso de la dirección y los empleados con la producción y distribución seguras de alimentos; la participación de todos los trabajadores en las prácticas de seguridad alimentaria; su conocimiento de los peligros para la seguridad alimentaria y de la importancia de la seguridad y la higiene de los alimentos entre los trabajadores; la disponibilidad de recursos para garantizar la manipulación segura e higiénica de alimentos.
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