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Una sentencia rechaza la relación laboral de 189 trabajadores con Cárnicas Cinco Villas

Un juzgado de Zaragoza considera que no existe fraude de contratación a los empleados, socios de la cooperativa Servicarne.

Una sentencia del Juzgado de lo Social número 6 de Zaragoza rechaza que exista una relación laboral por cuenta ajena entre los 189 trabajadores, socios de la cooperativa de trabajo asociado Servicarne, y Cárnicas Cinco Villas empresa del grupo catalán Vall Companys instalada en la localidad zaragozana de Ejea de los Caballeros.

La sentencia, con fecha de 11 de febrero de 2021, desestima una demanda interpuesta de oficio en noviembre de 2018 por la Tesorería General de la Seguridad Social contra ambas firmas por la "inexistencia de la realidad de la cooperativa, la inexistencia de contrato de prestación de servicios, la existencia de un fraude de ley y, en consecuencia, la existencia de relación de naturaleza laboral entre el verdadero empresario de Cárnicas y los socios trabajadores de Servicarne".

El texto recoge como hechos probados que en el centro de Ejea la cárnica realiza, entre otras tareas, el sacrificio de animales, para lo que en ese momento tenía establecido un turno de mañana, que realizaba con el personal propio por cuenta ajena, y un turno de tarde que era desarrollado por los trabajadores de Servicarne. Para ello, la mercantil y la cooperativa suscribieron un contrato de prestación de servicios, por el que Cárnicas Cinco Villas trasladaba a los jefes de equipo de Servicarne la previsión diaria de producción, y eran estos los que se ocupaban de organizar el turno de trabajo, el número de trabajadores necesarios así como la hora de inicio del mismo.

Aunque la actividad se realiza en dependencias de la cárnica zaragozana y los animales sacrificados son propiedad de dicha firma, la sentencia señala que esta circunstancia no determina relación laboral por cuenta ajena de los trabajadores afectados y destaca que "puede ser razonable y atendible" en la ejecución del contrato que el sacrificio de los cerdos se haga en las mismas instalaciones "evitando su traslado a otras diferentes, con un indeseable aumento de costes".

Operativa de varios sectores
El fallo indica además que esta manera de actuar no es ni tan siquiera propio o particular del ámbito de la industria cárnica, sino que por ejemplo, "no es extraño en el ámbito de la industria de fabricación y montaje de motor, en el que existe prestación de servicios por empresas subcontratadas dentro de las naves de la empresa cliente".

La sentencia recoge además que Cárnicas Cinco Villas abonaba mensualmente a Servicarne el servicio realizado, en función del número de animales sacrificados, y es esta última la que efectuaba el correspondiente pago a los socios. "Entendemos que el importe mayor o menor del anticipo cooperativo mensual no determina la existencia de relación laboral por cuenta ajena con la mercantil Cárnicas", asegura el juzgado en el texto, que señala además que en el año 2016 los socios de Servicarne cobraron 15.665 euros, una cantidad "superior a la de un trabajador por cuenta ajena sujeto a convenio colectivo".

Aunque en abril de 2019, la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social emitió una resolución de descalificación contra Servicarne al considerar que es una falsa cooperativa, la sentencia del juzgado zaragozano señala que esta resolución es "muy posterior a la fecha del acta de liquidación, de julio de 2018, de la que dimana la demanda presentada en noviembre de 2018".

"Entendemos que el importe mayor o menor del anticipo cooperativo mensual no determina la existencia de relación laboral por cuenta ajena con la mercantil Cárnicas"

Así, dicha sentencia recoge que la cooperativa Servicarne "existe ciertamente como tal", recoge que fue constituida en 1977 estando presente desde entonces en el sector cárnico, suscribiendo multitud de contratos de prestación de servicios para múltiples mercantiles del sector en todo el territorio español y que "está debidamente inscrita en el registro público ad hoc". Recuerda el juzgado que "no estamos ante una sociedad cooperativa que se haya constituido para la prestación de servicios de Cárnicas Cinco Villas, ni mucho menos que es esta mercantil la única para la que sus socios prestan servicios profesionales". Y rechaza que existiera fraude alguno en la contratación de los trabajadores afectados.

Fuente: heraldo.es
 
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