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Requisitos para las licencias de transporte de cárnicos no procesados en Guatemala

La Dirección guatemalteca de Inocuidad de los Alimentos no Procesados del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA) es la responsable de velar por el cumplimiento de los requisitos higiénico-sanitarios para el transporte de productos cárnicos no procesados para el consumo humano.

Francisco Morales inspector de alimentos del Viceministerio de Sanidad Agropecuaria y Regulaciones (VISAR), explicó que para el efecto supervisan el transporte para establecer el correcto funcionamiento del sistema de frío, limpieza y desinfección; además, de las condiciones generales del vehículo y el manejo del producto cárnico a transportar.

La inspectora del MAGA Carolina Sierra informó que este proceso es minucioso e incluye la revisión de documentos originales del vehículo y el piloto (tarjeta de circulación, licencia de conducir, DPI, tarjeta de salud, tarjeta de pulmones.

“Estos procedimientos están encaminados a garantiza la inocuidad de los alimentos no procesados para ello se verifica la constancia del establecimiento que transporte el producto con el fin de establecer la vigencia de la licencia sanitaria”, concluyó Sierra.

Al cumplir con todos los requisitos, el MAGA procede a extender la Licencia Sanitaria de Transporte de producto cárnico apto para el consumo humano que se adquiere en los mercados, supermercados y puntos autorizados. En lo que va del 2021 han sido extendidas 699 licencias.

Requisitos para tramitar las Licencias Sanitarias de Transporte:

• Someter el vehículo para inspección física en la Dirección de Inocuidad ubicada en el MAGA, Zona 13, Guatemala.
• Fotocopia de licencia del piloto (vigente).
• Fotocopia legible de DPI del interesado.
• Presentar tarjeta de salud del conductor y acompañantes (cuando aplique) original y fotocopia.
• Presentar tarjeta de pulmones del conductor y acompañantes (cuando aplique) original y fotocopia.
• Presentar tarjeta de circulación del vehículo en original y fotocopia legible.
• Si es persona jurídica debe adjuntar fotocopia de la escritura pública de constitución y nombramiento del Representante Legal, ambos instrumentos debidamente inscritos en el Registro Mercantil. (Solo para primer registro).
• Traer los utensilios que se requieren para el transporte del producto indicado (lona, hielera, etc.).
• Para el transporte de productos cárnicos, el vehículo debe contar con sistema de frio.
• El establecimiento de donde proviene el producto debe contar con Licencia Sanitaria de Funcionamiento (aplica para productos cárnicos, leche y huevo).
• Personas individuales o jurídicas que no cuenten con Licencia Sanitaria de Funcionamiento del producto a transportar, deberán presentar constancia que el origen del producto corresponde a un establecimiento con Licencia Sanitaria de funcionamiento vigente (aplica para productos de origen vegetal, leche, huevo y productos cárnicos).
• Adjuntar recibo de pago de la Licencia Sanitaria de Transporte, el cual deberá de estar a nombre del solicitante o de la empresa establecida en la solicitud.

Para los interesados en tramitar sus licencias pueden descargar el formulario en este enlace.

Con estas acciones el MAGA cumple con sus ejes de Fortalecimiento Institucional, Normativa y Sanidad Agropecuaria establecidos en su Plan Estratégico Institucional 2021-2026.
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