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Nuevo real decreto para la ordenación de las granjas bovinas y la limitación en el número de animales

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas bovinas, que hasta ahora no contaban con una normativa nacional que regulase su ordenación sectorial.

Este nuevo real decreto permite establecer las bases para el desarrollo ordenado de la actividad de este sector en los próximos años, integrando los principales retos a los que se enfrenta en materia de bienestar animal, de bioseguridad y medioambiental, y apostando decididamente por un modelo de ganadería familiar.
 
La elaboración de esta ordenación se ha abordado en estrecha colaboración con el sector, las comunidades autónomas y la sociedad civil en su conjunto, asegura el MAPA en su nota de prensa. Su objetivo es la adaptación del sector a los nuevos retos sociales, económicos, productivos y medioambientales de la producción bovina.
 
Se establece una diferenciación entre los requisitos para las granjas de nueva instalación y las ya existentes. Estas últimas dispondrán de un período transitorio para el cumplimiento de determinados requisitos cuando ello sea necesario, así como de diferencias derivadas de su aptitud productiva.
 
El decreto clasifica las granjas en diferentes categorías en función de su tamaño, al objeto de modular las exigencias en los distintos ámbitos de actuación de la norma.

El objetivo es que el grueso de las granjas ya existentes de carácter familiar no vea comprometida su competitividad en términos de costes adicionales.
 
Con el objetivo de conseguir un desarrollo armónico y ordenado del sector, basado en la sostenibilidad en todas sus acepciones y el mantenimiento del tejido productivo en el medio rural, evitando la deslocalización, se establece una capacidad máxima para las granjas de nueva instalación establecida en 850 unidades de ganado mayor.
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