- España Más de 70.000 ganaderos recibirán en octubre más
de 332 millones de las ayudasextraordinarias por la sequía y Ucrania
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación publicó en el
día de ayer el listado definitivo de los 70.267 titulares
de explotaciones ganaderas que van a recibir la
ayuda extraordinaria para compensar la situación
debida a la sequía y a las condiciones derivadas del conflicto
bélico en Ucrania, por un importe de 332,3
millones de euros. Las ayudas serán ingresadas en las
cuentas bancarias de los ganaderos en el mes de octubre.
Esta cifra representa el 94 % del presupuesto total asignado a esta
línea de apoyo, 355 millones de euros. Esta ayuda fue aprobada por
el Gobierno mediante el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por
el que se adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en
respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del
sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de las
condiciones climatológicas,
Esta ayuda extraordinaria se concede de oficio a sus beneficiarios,
productores de carne de vacuno (vacas nodrizas), de ovino y de
caprino, así como de leche de vaca, oveja y cabra, que hayan sido
beneficiarios de ayudas asociadas a la ganadería con base la
solicitud única de las ayudas de la Política Agrícola Común (PAC)
de la campaña 2022; y que fueran titulares de explotaciones dadas
de alta a 30 de abril de 2023. La ayuda se concede cuando el
importe a percibir resulte igual o superior a los 200 euros.
En la resolución del mes de julio, en base a los datos
provisionales de explotaciones ganaderas subvencionables y al
número de animales elegibles para esta ayuda, y para evitar superar
la cuantía máxima estimada por especie y orientación productiva, se
realizó un ajuste lineal de los importes unitarios por cabeza para
las zonas de afección alta de sequía que se indicaban en el real
decreto-ley, de tal forma que se establecieron los siguientes:
Vaca de carne (nodriza): 143,48 euros
Oveja y cabra de carne: 15,89 euros
Vaca de leche: 52,12 euros
Oveja y cabra de leche: 8,66 euros
Las explotaciones que cuenten con la mayor parte de sus animales
potencialmente subvencionables en la campaña 2022 en las
comunidades autónomas establecidas como zonas de afección media de
sequía, recibirán el 50 % de los importes previstos para cada
especie y orientación productiva, mientras que las de afección
moderada percibirán el 25 %.
Para los productores de leche de vaca se establece un máximo de 725
animales subvencionables por beneficiario. Los productores de vacas
nodrizas percibirán el 100 % del importe unitario para las 250
primeras vacas, y un 50 % para el resto del censo. Los productores
de ovejas y cabras percibirán el 100 % de los importes respectivos
para los primeros 2.000 animales, y el 50 % para el resto de su
ganado elegible.
Finalizado el plazo de presentación de alegaciones a las
resoluciones provisionales de 4 y 21 de julio, se ha establecido un
grupo de beneficiarios que no han ejercido las facultades de
rechazo de la ayuda o no presentaron alegaciones, o si lo hicieron
no requieren de un análisis detallado de las mismas. Una vez
verificado que se encuentran al corriente de sus obligaciones
tributarias y con la Seguridad Social, se les ha concedido la
ayuda.
En el tablón de anuncios de la sede electrónica del Fondo Español
de Garantía Agraria (FEGA), se puede consultar la relación de los
titulares de explotaciones ganaderas, el número de cabezas de
ganado computadas y el importe de la ayuda a percibir.
La resolución, publicada en el día de ayer, 2 de octubre, recoge
igualmente aquellos titulares a los que no se les ha realizado el
pago por haberse detectado que no están al corriente de sus
obligaciones tributarias o con la Seguridad Social. En el
plazo máximo de un mes desde la publicación de la resolución, se
realizará una segunda comprobación para verificar si han subsanado
este aspecto, y aquellos que lo hayan hecho podrán recibir la
ayuda.
En el caso de titulares que hayan presentado alegaciones sobre
aspectos relacionados con la zona de afección, titulares de la
explotación o número de animales, éstas serán remitidas a las
comunidades autónomas para sus análisis. Posteriormente se
procederá a la resolución de las mismas y, si procede, al pago de
la ayuda correspondiente.